Permiso de Paternidad: Definición y Requisitos en España
El permiso por nacimiento y cuidado de menor en España es un derecho laboral que permite a los padres y madres disfrutar de un periodo de descanso remunerado tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo. Este permiso tiene como objetivo fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos y promover la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral y familiar.
El permiso por nacimiento y cuidado de menor en España está regulado por el Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, que introdujo medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.
¿Qué es la baja por paternidad?
El permiso de paternidad otorga a los padres trabajadores el derecho a ausentarse temporalmente del trabajo para cuidar de sus hijos/as en casos de nacimiento, adopción o acogimiento. Este derecho, que se estableció en España en 2007, implica la suspensión temporal del contrato laboral y el otorgamiento de una prestación denominada NACIMIENTO Y CUIDADO DE MENOR.
Popularmente, el permiso por nacimiento y cuidado del menor sigue conociéndose como baja por maternidad y baja por paternidad.
Con este permiso, se protegen las situaciones de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, durante los períodos de descanso que se disfruten por ellas.
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En este artículo nos enfocaremos en las bajas por paternidad en España, explorando los aspectos más relevantes de estos permisos y cómo deben ser gestionados.
Duración del permiso de paternidad en España
El permiso de paternidad en España es un derecho crucial que permite a los padres trabajadores dedicar tiempo a cuidar de sus hijos/as en momentos clave como el nacimiento, adopción o acogida. A continuación, detallaremos la duración de este permiso y las posibles ampliaciones:
Cuando el permiso de paternidad se solicita por el nacimiento de un hijo/a, su duración es de 16 semanas, según la legislación española vigente.
En los casos de adopción o acogida, el permiso de paternidad también tiene una duración de 16 semanas, proporcionando a los padres el tiempo necesario para establecer vínculos con el nuevo miembro de la familia.
En la actualidad, la baja por paternidad tiene una duración de 16 semanas. Misma duración que la baja por maternidad.
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En el principio del permiso, habrá que coger seis semanas a jornada completa, de forma obligatoria e ininterrumpida. Como decimos, se debe disfrutar del permiso de paternidad obligatoriamente las primeras 6 semanas.
Las siguientes 10 semanas se pueden disfrutar en períodos semanales y organizar de manera ininterrumpida o interrumpida. Es decir, las 10 semanas restantes son de carácter voluntario. Si el trabajador desea volver a su labor, está en su derecho.
Hasta que el bebé cumpla un año, ambos progenitores podrán elegir cuándo disfrutan de 11 semanas más. Podrán hacerlo de seguido o con interrupciones y la madre podrá elegir también las cuatro semanas anteriores a la fecha prevista para el parto.
Ampliaciones del Permiso de Paternidad
Existen diversas situaciones que pueden conducir a la ampliación del permiso de paternidad. Estas ampliaciones pueden ocurrir en los siguientes casos:
- Por cada hijo/a, a partir del segundo, en casos de nacimiento múltiple o en caso de adopción múltiple se otorga una semana adicional de permiso.
- Se concede una semana adicional en caso de discapacidad del hijo/a.
- En los casos de parto prematuro y aquellos supuestos en los que el neonato deba permanecer hospitalizado a continuación del parto, por un periodo superior a siete días, se podrá ampliar en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales. Esta ampliación se podrá disfrutar a partir del alta hospitalaria. Se excluyen de dicho cómputo las semanas de descanso obligatorio.
- En caso de fallecimiento del hijo/a, el período de permiso no se verá reducido. Sin embargo, una vez transcurridas las seis semanas de descanso obligatorio, si se solicita la reincorporación al trabajo, el permiso se interrumpirá.
Sí, la baja por paternidad se puede ampliar hasta 1 semana por hijo en caso de parto, adopción o acogida múltiple o discapacidad.
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En estos casos, la duración del permiso de paternidad o maternidad se amplía en dos semanas por cada hijo, a partir del segundo.
Cuando solo haya un progenitor, podrá disfrutar de la ampliación completa prevista para dos progenitores.
Requisitos para solicitar la baja por paternidad
Para solicitar la baja por paternidad, generalmente se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Ser trabajador por cuenta ajena o propia, estar afiliado a la Seguridad Social y tener las siguientes cotizaciones según edad:
- No se requiere un período mínimo de cotización si se tiene menos de 21 años en la fecha del parto.
- Si se tiene entre 21 y 26 años en la fecha del parto, se piden 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al parto o, alternativamente 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
- Para los mayores de 26 años, se requieren 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al parto o, alternativamente 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral.
- Hacer la solicitud de forma oficial ante la empresa, indicando la fecha de inicio y duración de la baja por paternidad.
- Cumplir con los plazos establecidos por la Seguridad Social para solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor, que es de 15 días siguientes al nacimiento del hijo/a.
El solicitante debe encontrarse en alta en la Seguridad Social o en una situación equivalente al alta, lo que incluye estar recibiendo prestaciones por desempleo.
El disfrute del permiso por nacimiento y cuidado de menor debe comunicarse a la empresa con una antelación mínima de 15 días. El empleado tiene el deber de realizar un preaviso a la empresa con una antelación de 15 días o tiempo que establezca su convenio.
Es importante recordar que los trabajadores deben presentar a su empleador el Modelo 145 actualizado ante cambios en su situación personal y familiar.
Obligatoriedad de la baja por paternidad
Las primeras seis semanas ininterrumpidas, son obligatorias y deben disfrutarse a jornada completa inmediatamente después del parto. Las diez semanas restantes, son voluntarias y podrán disfrutarse a jornada completa o parcial, de manera continuada o por periodos semanales (acumulados o independientes) desde la finalización de las seis semanas obligatorias.
El derecho a la prestación puede ser denegado, anulado o suspendido cuando se actúe fraudulentamente para obtener o conservar la prestación. Trabaje por cuenta propia o ajena durante los correspondientes periodos de descanso, salvo si se trata de la percepción de la prestación a tiempo parcial o en los supuestos de pluriempleo y pluriactividad.
¿Se puede adelantar la baja por paternidad?
En la actualidad, el padre no tiene la facultad de solicitar la baja por paternidad anticipadamente. Está previsto en la Ley de Familia que se pueda adelantar 10 días, pero habrá que esperar a su publicación.
A diferencia de la madre, que tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores «la madre biológica podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto».
Sí, con la entrada en vigor de la nueva Ley de Familias, el progenitor no gestante puede adelantar el permiso hasta 10 días antes de la fecha probable de parto.
Otros permisos relacionados con la crianza
Aparte de la baja por paternidad, los padres pueden solicitar otros permisos relacionados con la crianza y el cuidado de sus hijos/as. Algunos de ellos son:
- Permiso de lactancia, reducción de jornada (hasta los 9 meses) El permiso de lactancia consiste en 1 hora de ausencia al trabajo que se podrá disfrutar de tres maneras distintas:
- Permiso de una hora cada día de trabajo o dos fracciones de media hora hasta que el hijo/a cumpla nueve meses.
- Reducción de jornada de trabajo de media hora. Entrar más tarde o salir más temprano, hasta que el hijo/a cumpla nueve meses.
- Permiso de lactancia acumulada. Acumular la hora de ausencia para convertirla en días. Tras la aprobación del Real Decreto Ley 7/2023 esta posibilidad la tiene siempre la persona trabajadora, sin importar lo que establezca el convenio colectivo. Tras la derogación de este Real Decreto Ley por no ser convalidado por el congreso de los diputados, la lactancia acumulada vuelve a depender de lo que establezca el convenio colectivo o acuerdo con la empresa.
- Corresponsabilidad en el cuidado del lactante (de 9 a 12 meses) A partir de los 9 meses y hasta el primer año, cuando ambos progenitores estén trabajando, se podrá solicitar la ampliación del permiso de lactancia hasta que el hijo/a cumpla 12 meses. Los padres tienen la posibilidad de disminuir su jornada laboral en media hora diaria, lo que conlleva una reducción proporcional de su salario.
- Reducción de jornada por cuidado de un menor Las personas trabajadoras, ya sean padres o madres, que tengan la responsabilidad de cuidar a un hijo/a menor de 12 años, tienen derecho a solicitar una reducción de su jornada laboral. Esto implica una reducción de entre una octava parte y la mitad de la jornada laboral, con una disminución proporcional de su salario.
- Excedencia por cuidado de un hijo o hija La duración máxima será hasta que el hijo/a cumpla los tres años. Se puede solicitar por tramos, por meses o por semanas, aunque sean varias veces y separadas en el tiempo. Se tiene derecho a reserva del mismo puesto de trabajo durante el primer año y transcurrido dicho plazo la reserva se refiere a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
Dependiendo de lo que determina el convenio colectivo o si se llega a un acuerdo con la empresa, se podrán acumular la hora o media hora diaria correspondientes.
Cómo gestionar el permiso de paternidad
Para gestionar bien las bajas por paternidad, es esencial tener un proceso claro y fácil de entender tanto para los empleados como para la empresa. Los responsables de RRHH deben establecer políticas claras para solicitar este tipo de permisos, mientras que los líderes de equipo deben ser capaces de aprobar y supervisar estas bajas de manera eficiente.
Este sería el orden de los pasos a seguir:
- Crear un tipo de baja laboral con un límite de días específico, y determinar si se necesita la aprobación de superiores o la presentación de justificantes.
- Delegar la responsabilidad de aprobar y gestionar las solicitudes de baja a los gerentes de equipo, o designar a una persona específica dentro de la empresa para manejar este proceso.
- Utilizar un calendario actualizado en tiempo real que muestre todas las bajas laborales, y que pueda alertar sobre posibles solapamientos.
- Generar informes por equipos que detallen las bajas solicitadas, las activas y las pendientes de aprobación dentro de un período de tiempo específico.
Aspectos económicos del permiso de paternidad
¿Cuánto se cobra durante el permiso de paternidad en España?
El subsidio por permiso de paternidad en España consiste en una prestación económica que equivale al 100% de la base reguladora correspondiente. Esta base reguladora se calcula dividiendo la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo al nacimiento entre el número de días a los que se refiere esa cotización.
Si el trabajador recibe una retribución mensual y ha estado dado de alta todo el mes natural en la empresa, la base de cotización se divide entre 30.
Si el trabajador ingresó en la empresa el mes anterior al nacimiento, la base reguladora se calcula utilizando la base de cotización del mes inmediatamente anterior al inicio del descanso.
Si el trabajador ingresó en la empresa en el mismo mes del nacimiento, se toma la base de cotización de ese mes para calcular la base reguladora.
En el caso de los autónomos, la prestación consiste en un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora, que se calcula dividiendo la suma de las bases de cotización de los últimos seis meses entre 180. Es decir, el equivalente al 100 % de su base de cotización. Por ejemplo, si cotiza por la base mínima de la tabla general, en recibirá aproximadamente 950 euros al mes durante la baja.
¿Qué parte de la prestación por paternidad paga la empresa?
La prestación económica corre a cargo de la Seguridad Social, y no de la empresa. La empresa no tiene la responsabilidad de pagar directamente al empleado durante su baja. Sin embargo, la empresa está obligada a mantener el puesto de trabajo del empleado durante este período, y a realizar las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social.
La Seguridad Social cubre la remuneración del trabajador durante la baja por paternidad, y la empresa sólo asume el coste de mantener el empleo y pagar las cotizaciones sociales del trabajador durante ese tiempo.
Para los trabajadores autónomos, si la baja es de al menos un mes, se les otorgará una bonificación del 100% en la cuota de autónomos. Si el autónomo lleva menos de 12 meses dado de alta, la base media de cotización se calculará desde la fecha de alta.
Beneficios de promover el permiso de paternidad
Las empresas que apoyan el permiso de paternidad y lo gestionan bien pueden obtener beneficios que fortalecen la relación con los empleados, mejoran el ambiente laboral y aumentan la productividad.
- Durante el nacimiento de un hijo, los empleados valoran el apoyo de la empresa para conciliar trabajo y vida personal.
- Después de una baja por paternidad de al menos 6 semanas, es importante que los líderes de equipo tengan un plan de reintegración para facilitar el regreso del empleado.
- Las empresas pueden implementar políticas como la flexibilidad horaria o el teletrabajo para promover la conciliación.
- Cuidar a los empleados durante la baja por paternidad es un acto de responsabilidad social que fortalece la relación entre el empleado y la empresa.
La promoción de permisos de paternidad y maternidad por parte de las empresas puede traducirse en beneficios fiscales significativos, incluyendo deducciones por retribuciones y por la creación de empleo. Además, las deducciones específicas por maternidad o paternidad y los gastos de custodia de menores refuerzan la importancia de implementar políticas de conciliación familiar.
No solicitar la baja por este motivo puede tener consecuencias negativas para el trabajador. La normativa establece que el despido de trabajadores durante el período de suspensión del contrato de trabajo por este motivo es nulo. Esto incluye el tiempo en que el trabajador está disfrutando de permisos por cuidado del lactante o reducción de jornada por cuidado de un menor.
Este derecho tiene como objetivo fomentar la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos y promover la igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito familiar y laboral.
En los últimos años en España, la baja por paternidad ha contribuido a reducir la brecha de género en el mercado laboral, ya que fomenta la corresponsabilidad de ambos padres en el cuidado de los hijos.
¿Dónde se regula el permiso por nacimiento y cuidado del menor?
El permiso se encuentra regulado en los apartados 4 a 6 del artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores.
La prestación correspondiente al permiso se regula en el capítulo VI del título II de la Ley General de la Seguridad Social.
Documentación necesaria
- Libro de familia donde aparezca el nacimiento o el certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
- Certificado de empresa con la fecha de inicio del permiso.
Cómo solicitar la prestación
- Por correo ordinario.
- Vía electrónica.
- Con cita previa presencial.
Si no se cuenta con un método de identificación, se podrá utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS y realizar el trámite.
- Correo ordinario enviando el formulario y documentos requeridos a la Dirección Provincial del INSS o ISM.
- Presencialmente en un CAISS con cita previa.
Tabla resumen de la duración del permiso
| Situación | Duración del Permiso | Semanas Obligatorias | Semanas Voluntarias |
|---|---|---|---|
| Nacimiento de un hijo | 16 semanas | 6 semanas | 10 semanas |
| Adopción o acogida | 16 semanas | 6 semanas | 10 semanas |
| Familia Monoparental | 32 semanas | 6 semanas | 26 semanas |
| Discapacidad del hijo | +2 semanas (1 por progenitor) | N/A | N/A |
| Parto, adopción o guarda múltiple | +2 semanas por hijo (después del primero) | N/A | N/A |
| Parto prematuro con hospitalización > 7 días | + días de hospitalización (máx. 13 semanas) | N/A | N/A |
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