Permiso de Paternidad en España: Duración, Solicitud y Condiciones

18.09.2025

En los últimos años, el permiso de paternidad ha experimentado un aumento en el número de semanas, ofreciendo condiciones favorables tanto para padres como para madres. Concretamente, ambos progenitores disfrutan de 16 semanas de baja, durante las cuales perciben el 100% de la base reguladora.

¿Qué es la Baja por Paternidad?

Desde 2019, la baja por maternidad y la baja por paternidad se fusionaron, denominándose prestación por nacimiento y cuidado del menor. Ambos comparten duración y beneficios. Este permiso permite a los padres ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para cuidar a su bebé.

Aunque esta medida existe desde 2007, ha evolucionado significativamente en los últimos años, tanto en la duración como en las cuantías. Es una importante medida a favor de la conciliación entre la vida laboral y familiar, y también para promover la igualdad de género.

Al equiparar las semanas de descanso, ambos progenitores disfrutan de los mismos derechos, según el Real Decreto-ley 6/2019.

Duración y Condiciones de la Baja por Paternidad

En cuanto a la duración, es de 16 semanas desde el 1 de enero de 2021. Las 16 semanas no se distribuyen de igual manera. Por ley, es obligatorio tomar las primeras 6 semanas seguidas al nacimiento.

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Las siguientes 10 semanas se pueden solicitar en cualquier momento dentro de los 12 meses siguientes, hasta que el bebé cumpla un año. En ese caso, tendría que tramitar el permiso a la empresa con al menos 15 días de margen, a no ser que el convenio diga lo contrario.

Aunque hay casos excepcionales que permiten extender este tiempo, como la adopción múltiple o la hospitalización del menor. Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.

Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.

Pero ojo, porque de cara al 2024 el Gobierno plantea aumentar la baja por paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas. Y no solo eso, sino también abonar al menos 4 de las 8 semanas de permiso parental para el cuidado de sus hijos en los primeros 8 años de vida. Son medidas que podrían ser aprobadas en la Ley de Familias.

Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.

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Requisitos para Solicitar la Baja por Paternidad

En primer lugar, para poder pedir la baja por paternidad, hay que cumplir una serie de requisitos, como son los siguientes:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social por cuenta propia o ajena.
  • Haber tenido uno o varios hijos por parto, adopción, acogimiento o por guarda con fines de adopción.
  • En el caso de padres de más de 26 años, se exige haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años anteriores al parto o un total de 360 a lo largo de toda la vida laboral.
  • Entre los 21 y los 26 años de edad se exige un periodo de cotización de al menos 90 días en los últimos 7 años anteriores al parto o bien de 180 días a lo largo de toda la vida laboral.
  • Con menos de 21 años no se exige período mínimo de cotización para cobrar la prestación por paternidad o maternidad.
  • En el caso de autónomos se exige estar al corriente del pago de cuotas con la Seguridad Social.
  • Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta. A partir de 2025, también se prevé la inclusión de ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.

Proceso de Solicitud de la Baja por Paternidad

Si se cumplen estos requisitos se puede solicitar la baja por paternidad. Además, se puede hacer cómodamente desde casa de forma telemática. Concretamente desde aquí. Una vez dentro, basta con seguir los pasos, cumplir los datos correctamente y subir los documentos solicitados.

Si no te convence la opción telemática, también puedes tramitar la baja por paternidad por correo ordinario. En ese caso, simplemente tienes que descargar el formulario de solicitud, cubrirlo y enviarlo junto con la demás documentación pedida a la dirección provincial del INSS correspondiente.

Por último, también lo puedes solicitar de forma presencial en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.

Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.

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Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

La persona tiene la obligación de efectuar el preaviso a la empresa con una antelación de 15 días, o el lapso que establezca el convenio colectivo respectivo. También es conveniente que se avise a la empresa para la que trabaje, con parecida antelación. Aunque si se realiza con más previsión, siempre es recomendable, habida cuenta que la empresa dejará de contar con los servicios de ese trabajador durante un mínimo de 6 semanas y un máximo de 16.

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción.

Documentación Necesaria para Solicitar la Baja por Paternidad

Para solicitar la baja por paternidad se debe aportar la siguiente documentación:

  • Libro de familia (para demostrar el parentesco entre padre e hijo).
  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Alta en la Seguridad Social.
  • Certificado de la empresa (para confirmar la relación laboral del padre y fecha de inicio de la baja).
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Última nómina (para calcular la base reguladora sobre la que se determina la prestación).
  • Nº de cuenta en la que se abonará la prestación de paternidad.
  • Modelo oficial de solicitud por paternidad perfectamente cumplimentado y sin errores (importante para que vaya bien a la primera y todo sea más rápido).
  • Libro de familia donde aparezca el nacimiento o el certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.

En circunstancias excepcionales, si son pertinentes, pueden requerirse otro tipo de documentos, como certificados de discapacidad.

¿Quién Paga la Baja por Paternidad?

El responsable de pagar el 100% de la baja por paternidad es la propia Seguridad Social. Es decir, el empresario no lo tiene que pagar de su bolsillo. En el caso de ser autónomo, también tiene derecho a disfrutar de la prestación por paternidad. Este permiso lo abona la Seguridad Social y no la empresa, de modo que no están contemplados extras.

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social.

Remuneración Durante la Baja

La prestación es fácil de calcular porque se corresponde con el 100% de la base reguladora. El responsable de hacer el pago es la propia Seguridad Social. No es responsabilidad del empresario.

Para calcularlo tienen en cuenta la base reguladora del mes previo del nacimiento del niño y la dividen por el número de días según el salario sea mensual o diario. Dependerá del sueldo de cada padre. Pero se cobrará el 100% de la base reguladora que refleja en su nómina.

No se seguirá disfrutando de dietas, cheques comida o transporte, en el caso de que los tenga. El salario en sí se deja de cobrar, en la medida en que el contrato laboral ha quedado momentáneamente suspendido. Por otro lado, si notarás una cierta ventaja fiscal. De hecho, las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas en el IRPF.

Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

Plazos para Solicitar la Baja

El padre con derecho a la baja por paternidad tiene un máximo de 15 días para formalizar los trámites con la Seguridad Social, desde el nacimiento o adopción o acogimiento del menor. Es importante hacerlo dentro del marco temporal adecuado.

Una vez transcurridos 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción de la criatura, el beneficiario pierde su derecho.

Derechos Durante la Baja por Paternidad

La concesión de la baja por paternidad se debe resolver en un plazo máximo de 30 días desde que realizas la solicitud. A partir de ahí disfrutas de las actuales 16 semanas de descanso y con su debida prestación económica.

Si la empresa despide al trabajador mientras está disfrutando de la prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor, se considerará nulo, salvo que la empresa pueda demostrar que no tiene nada que ver con el nacimiento o adopción del pequeño. Si el padre está disfrutando de este permiso y pierde el empleo: Se continuará percibiendo la prestación por paternidad el tiempo establecido.

Si se está sin trabajo y se tiene un hijo: Se suspende la prestación por desempleo y se pasa a percibir la prestación por paternidad. Y cuando termine la de por paternidad se volverá a cobrar el paro.

Obligaciones de la Empresa y Beneficios

Frente a una baja por paternidad, la empresa debe emitir un certificado de baja para el empleado que la solicita. El certificado lo emite la empresa y se le entrega al empleado cuando notifica que quiere disfrutar del permiso. También es uno de los documentos que hay que entregar a la hora de presentar la solicitud de prestación por paternidad en la Seguridad Social.

Aparte, la Seguridad Social ofrece beneficios a las empresas en estos casos, como bonificaciones en las cuotas por contratar a otro trabajador para un reemplazo temporal. Es una medida que puede suponer un alivio fiscal interesante y además ayuda a mover el mercado laboral, lo cual siempre viene bien.

Gestión de la Baja por Paternidad

Las empresas deben contar con que las bajas por paternidad pueden llegar en cualquier momento y deben estar preparadas para cuando un trabajador decida ejercer su derecho y disfrutarla. Una forma de gestionarlas de forma eficaz es utilizando un software personalizado.

Hoy en día encontrarás en el mercado herramientas que te facilitan mucho la vida y agilizan los trámites. Los responsables de recursos humanos deben definir políticas para las solicitudes de este tipo de permisos.

Actualmente, herramientas como Factorial permiten una gestión automatizada de estos permisos, lo que reduce los errores administrativos y asegura el cumplimiento de las normativas vigentes. Permitir que los managers sean los encargados de aprobar y gestionar las solicitudes del equipo.

¿Cuál es el impacto financiero para las empresas en las bajas por paternidad? El permiso de paternidad puede ir asociado a un coste extra para las empresas, ya que podrían verse en la necesidad de cubrir la ausencia del padre trabajador y contratar a otra persona que le sustituyan temporalmente.

En el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Social y Migración, ofrecen la información relativa a la publicación del Real Decreto encaminado a garantizar las “oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación”.

Otros Aspectos Importantes

  • Ambos derechos, el de baja por paternidad y por maternidad no son excluyentes, es decir, se pueden beneficiar de ellos, con su correspondiente prestación, tanto el padre como la madre.
  • La baja por paternidad, legalmente no es motivo de despido. Técnicamente es posible, ya que pueden darse casos de empresas que se declaren en suspensión de pagos y por tanto en quiebra técnica y se ven obligados a realizar un despido forzoso y que coincida con el periodo de baja por paternidad del afectado.
  • Tras el permiso de paternidad, existe el permiso de lactancia, que puede disfrutarlo el padre y la madre.
  • Solicitar las ayudas económicas después del parto es otro trabajo de la familia que no debe retrasarse. Resumimos las principales prestaciones, las novedades introducidas por el Gobierno y sus requisitos.
  • Lo primero que hay que hacer es inscribir el nacimiento del bebé en el Registro Civil.
  • Si quieres viajar con tu bebé en avión es imprescindible que gestiones su documento nacional de identidad o DNI. Además, el DNI es requisito necesario si además tienes que tramitar el pasaporte del niño.

Ampliaciones del Permiso por Baja de Paternidad

Hay varias circunstancias que permiten la ampliación. Las principales son nacimiento o adopción múltiple -dos semanas más por cada hijo a partir del segundo-, hospitalización del menor -particularmente en el caso de nacimientos prematuros- y discapacidad. Cada una de estas circunstancias requiere la presentación de documentación específica.

En estos casos, la duración del permiso de paternidad o maternidad se amplía en dos semanas por cada hijo, a partir del segundo.

Distribución del Permiso de Baja por Paternidad

Las primeras 6 semanas del permiso deben ser seguidas inmediatamente al nacimiento del menor, y es obligatorio que sean de jornada completa. Sin embargo, las siguientes 10 semanas pueden ser de disfrute interrumpido, lo que significa que no tienen que ser consecutivas, ni es necesario que sean de jornada completa.

El objetivo de esta medida es que la madre biológica y el otro progenitor puedan, en el caso de que su conformación familiar lo requiera, alternarse en el cuidado del menor. Por eso es posible, previo acuerdo con la empresa, establecer un régimen de jornadas parciales. Es importante aclarar que cualquier tipo de distribución debe ser comunicada a la empresa con 15 días de anticipación.

A diferencia de épocas anteriores, estos permisos son intransferibles, por lo cual no pueden ser cedidos al otro progenitor. En concreto, esto implica que, si el padre no hace uso de sus 10 semanas -es decir, de las que no son obligatorias, inmediatamente posteriores al parto-, se pierden.

¿Qué Ley Regula la Baja de Paternidad?

El Real Decreto-ley 6/2019 estableció la igualdad de derechos para el hombre y la mujer en términos de bajas por paternidad o maternidad; su duración general fue ampliada a principios del 2021.

A su vez, se espera que a partir del año 2023 entre en vigencia la Ley de Familias, que buscaría extender paulatinamente, entre ese año y 2026, la duración del permiso hasta los seis meses (es decir, dos meses más que los que actualmente se ofrecen). Eso significa que las circunstancias de la baja podrían cambiar sustancialmente dentro de no mucho.

Los convenios colectivos tenían como objetivo mejorar las condiciones de los permisos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.

Tabla Resumen de la Baja por Paternidad en España

Concepto Detalles
Duración 16 semanas (6 obligatorias e ininterrumpidas, 10 opcionales)
Remuneración 100% de la base reguladora
Quién paga Seguridad Social
Requisitos Estar dado de alta en la Seguridad Social y cumplir con los periodos mínimos de cotización
Solicitud Telemática, por correo ordinario o presencial en el INSS

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