Solicitar Permiso de Lactancia Acumulado: Requisitos y Novedades
El permiso de lactancia acumulado es un derecho fundamental para las madres y padres trabajadores, que permite la distribución flexible de la lactancia durante los nueve primeros meses del bebé. Esta modalidad se ha convertido en una opción valiosa para quienes desean aprovechar de manera óptima el tiempo para cuidar y alimentar a sus hijos, mientras mantienen su compromiso laboral.
¿Qué es el Permiso de Lactancia?
Es un derecho de todo empleado con hijos menores de 9 meses. Es un permiso retribuido al que pueden acogerse tanto padres como madres. No obstante, existe la posibilidad de ampliar el permiso hasta que cumpla los 12 meses, lo que conlleva a una reducción salarial de forma proporcional. El permiso consiste en ausentarse del puesto de trabajo durante una hora al día para la lactancia del niño.
Para poder acogerse a él, es necesario avisar previamente a la empresa con, al menos, 15 días de antelación. Es el empleado quien decide cuándo quiere acogerse al permiso y cómo distribuirlo, aunque siempre tiene que ser aprobado por la empresa.
Modalidades del Permiso de Lactancia
Existen diferentes formas de disfrutar de este permiso:
- Dentro de la jornada laboral: La persona se ausenta por 1 hora diaria en el puesto de trabajo. Puede ser la hora seguida o dividida en dos espacios de media hora cada ausencia.
- Con una reducción de jornada: Con una reducción de jornada, el permiso de una hora pasa a ser de tan solo media hora. Bajo esta circunstancia, los empleados podrán comenzar o finalizar su jornada laboral media hora antes de su horario convencional.
- Lactancia acumulada: Consiste en acumular la hora de varios días y convertirlas en jornadas completas. Esta modalidad es válida para trabajadores de jornada completa y de jornada reducida.
¿Qué es la Universalización del Permiso de Lactancia Acumulado?
La acumulación del permiso de lactancia es la fórmula más usada por la mayoría de trabajadores. Se suele disfrutar juntándolo con el fin del permiso por nacimiento, adopción o acogimiento [el permiso que coloquialmente se conoce como ‘permiso’ o ‘baja’ de paternidad o maternidad].
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La novedad introducida en el Boletín Oficial del Estado a través del Real Decreto-ley 2/2024, establece que, a partir del 23 de mayo, si quieres acumular el permiso de lactancia, tu empresa no puede negarse ni tampoco establecer determinados requisitos, aunque tu convenio no contemple dicha acumulación.
¿Cómo Afecta si mi Convenio no Contempla la Acumulación?
El permiso de lactancia acumulado con derecho a remuneración consiste en una hora por jornada laboral desde que te reincorporas del permiso por nacimiento hasta que el bebé tiene nueve meses. Si, por ejemplo, desde que te reincorporas hasta que tu bebé cumple nueve meses contabilizas 110 días laborables, son 110 horas (una por jornada laboral). Esas horas hay que dividirlas entre las horas de tu jornada laboral para calcular los días laborables correspondientes. Si trabajas 8 horas al día, tendrías que dividir 110 entre 8, que son 13,75 días laborables.
De hecho, conviene hacer el cálculo específico por si te salen más días que los que contempla tu convenio.
¿Qué Sucede si mi Convenio ya Contempla el Permiso de Lactancia Acumulado?
Hay convenios que ya contemplan la acumulación de este permiso y, como explica Natxo Parra, “es habitual que establezcan ya los días correspondientes”. “En mi experiencia, de media suelen dar entre 14 y 15 días laborables, pero algunos convenios establecen algunos días más aunque los contabilizan como naturales. Es importante mirar el convenio colectivo propio”.
Requisitos para Solicitar el Permiso de Lactancia
Por lo tanto, los requisitos para que el derecho nazca son los siguientes:
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- La edad del menor (menor de 12 meses), la cual determina, por consiguiente, la fecha final de la posibilidad de ejercicio del derecho.
- El vínculo entre la persona trabajadora y el lactante, el cual, se concreta en filiación natural (nacimiento) o adoptiva, la guarda con fines de adopción y el acogimiento.
- Se podrá disfrutar únicamente a partir de la finalización del permiso por nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica respectivo, o una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprende el permiso por nacimiento.
¿Cómo Pedir la Lactancia Acumulada?
Es necesario presentar una solicitud por escrito a la empresa, cumpliendo con un preaviso de 15 días o según lo que dicte el convenio colectivo correspondiente. Asimismo, es fundamental especificar con precisión los días de inicio y término de la lactancia, así como expresar de qué manera se desea llevar a cabo su disfrute.
Pasos para Solicitar el Permiso de Lactancia
Para solicitar el permiso de lactancia, es recomendable estar informado sobre el proceso, ya que puede variar en función de la empresa y su convenio colectivo. No obstante, los pasos a seguir son los siguientes:
- Solicitar por escrito el permiso de lactancia, con al menos 15 días de antelación a su inicio. La solicitud debe incluir tanto la fecha en que se quiere comenzar como su duración.
- Aportar documentación. Siempre que sea posible y con el objetivo de que la empresa no ponga inconvenientes, es aconsejable aportar documentación que ratifique la situación. Es decir, un certificado médico, el certificado de nacimiento del bebé, etc.
- Escoger el tipo de permiso: si se quiere disfrutar durante la jornada, con una reducción de jornada o con lactancia acumulada.
- Planificar el permiso. La empresa debe coordinarse para afrontar las ausencias del empleado.
- Solicitar y guardar una copia de la solicitud para que quede constancia de ello.
¿Cómo se Cuentan los Días de Lactancia?
Contabilizar los días de lactancia es una cuestión importante para asegurar su correcto disfrute. En este contexto, es relevante tener en cuenta que los días que se contemplan para este propósito son los días laborables. La razón detrás de esta consideración se basa en el principio subyacente de la lactancia acumulada, que está vinculado al derecho de ausentarse del trabajo durante una hora.
¿Quién Paga los Días de Lactancia?
Es la empresa la encargada de cubrir la baja por lactancia. Esto se debe a que la responsabilidad de proporcionar remuneración durante estos permisos retributivos recae en el empleador. Así, cuando un trabajador se acoge a este permiso para atender las necesidades de lactancia de su hijo, la empresa está obligada a continuar pagando al trabajador el mismo sueldo aunque se trabajen menos horas.
Tabla Resumen: Cálculo del Permiso de Lactancia Acumulado
| Concepto | Descripción |
|---|---|
| Duración Total del Permiso | 1 hora diaria durante los primeros 9 meses del bebé |
| Frecuencia Semanal | 5 horas a la semana (si se trabaja de lunes a viernes) |
| Cálculo Mensual Estimado | 4 meses x 4 semanas = 16 semanas x 5 horas = 80 horas |
| Ejemplo de Jornada Laboral | Si la jornada laboral es de 8 horas: 80 horas / 8 horas = 10 días de permiso |
Implicaciones para las Empresas
El permiso de lactancia para las empresas tiene diversas implicaciones. La primera de ellas, y más importante, es la responsabilidad de pagar al empleado. Es un permiso retribuido por la empresa. El empleado tiene derecho a percibir el mismo salario, aunque trabaje menos horas.
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Es importante tener en cuenta que el permiso de lactancia cambia según el número de hijos. Si se trata de un bebé, el permiso correspondiente es de una hora. Si son dos, de dos horas. Y si son tres hasta tres horas.
¿Puedo Disfrutar el Permiso de Lactancia Acumulado si Trabajo a Tiempo Parcial?
Sí. El Estatuto de los Trabajadores no indica que sea una hora cada ocho horas trabajadas, sino una hora por jornada laboral, independientemente de que cada día trabajes ocho, siete o cuatro horas.
El Supremo estableció que el permiso está pensado en base a la necesidad del lactante, no en función de la duración de la jornada, y esa necesidad es la misma trabajes ocho horas o cuatro al día.
El Permiso de Lactancia Puede Ser Utilizado por Ambos Progenitores
Tanto el padre como la madre, o ambos simultáneamente, tienen derecho a este permiso. El permiso de lactancia acumulado es un derecho individual de cada progenitor, adoptante, guardador con fines de adopción o acogedor, independientemente de que la otra persona progenitora trabaje o no. La normativa impide que ambos lo disfruten de forma simultánea si trabajan en la misma empresa, aunque sí permite el ejercicio sucesivo.
¿Qué Sucede si Trabajo Desde Casa?
¡Claro que sí!
Despidos Durante Permisos de Lactancia
La legislación laboral protege a las personas trabajadoras durante el ejercicio de sus derechos, incluido por supuesto el permiso de lactancia. El despido que se produce por solicitar o disfrutar del permiso de lactancia se considera como despido nulo.
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