Permiso de Paternidad: Requisitos y Solicitud de Periodos Sucesivos
El permiso de paternidad es un derecho fundamental que tienen los padres trabajadores para ausentarse de su empleo durante un tiempo determinado tras el nacimiento, adopción o acogimiento de un hijo. Este permiso busca fomentar la corresponsabilidad en el cuidado del menor y fortalecer el vínculo familiar desde los primeros momentos.
En España, el permiso de paternidad ha evolucionado significativamente en los últimos años, equiparándose en duración al permiso por maternidad. A continuación, se detallan los aspectos clave relacionados con este derecho, incluyendo los requisitos para solicitarlo y cómo gestionar los periodos sucesivos de disfrute.
Duración y Modalidades del Permiso de Paternidad
Desde 2021, la duración del permiso de paternidad en España es de 16 semanas, igualando así la duración del permiso por maternidad. Este periodo puede disfrutarse de diferentes maneras:
- De forma ininterrumpida: Disfrutando las 16 semanas consecutivas desde el nacimiento del hijo.
- En dos periodos: Dividiendo el permiso en dos bloques, siempre que el segundo periodo se disfrute de forma ininterrumpida.
- En periodos semanales: Solicitando el disfrute del permiso en periodos semanales, con una antelación mínima de 15 días y llegando a un acuerdo con la empresa sobre la distribución de las semanas.
La prestación por nacimiento y cuidado del menor protege los períodos de descanso y permisos derivados del nacimiento de hijo/a o la adopción o guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar. Unos tiempos de descanso que se pueden disfrutar en un único periodo ininterrumpido o en periodos múltiples.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
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Es importante destacar que la elección de la modalidad de disfrute del permiso de paternidad depende de cada situación y de las necesidades tanto del trabajador como de su familia. En cualquier caso, es fundamental informarse sobre los requisitos y procedimientos establecidos por la Seguridad Social para solicitar el permiso de paternidad y recibir la correspondiente prestación económica.
Requisitos para Acceder al Permiso de Paternidad
Para poder solicitar el permiso de paternidad, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser padre trabajador, ya sea por cuenta ajena o autónomo.
- Haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años antes del nacimiento del hijo.
El proceso para solicitar el permiso de paternidad implica presentar una solicitud ante la Seguridad Social, ya sea directamente o a través de la empresa. Es fundamental presentar la solicitud con la debida antelación, preferiblemente al menos 15 días antes del inicio del permiso.
Está dirigido a los padres trabajadores, independientemente de si son autónomos o asalariados. Para poder solicitar el permiso paternidad, es necesario haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años antes del nacimiento del hijo.
Pasos para la Solicitud Telemática
Para realizar la solicitud de forma telemática, se pueden seguir estos pasos:
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- Asegurarse de tener un certificado digital o usuario y contraseña para acceder a "Tu Seguridad Social".
- Acceder al portal de la Seguridad Social y buscar la opción correspondiente a la solicitud de prestación por nacimiento y cuidado del menor.
- Rellenar los datos solicitados y adjuntar la documentación necesaria, como el certificado de empresa.
- Firmar y enviar la solicitud de forma electrónica.
Con la ampliación del servicio para los periodos sucesivos se agiliza la resolución de la solicitud, además de evitarse desplazamientos y esperas innecesarias, en un momento en que las medidas de seguridad sanitaria aconsejan disminuir la atención presencial en las oficinas.
También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.
Documentación Necesaria
La documentación que generalmente se requiere para solicitar el permiso de paternidad incluye:
- Solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
- Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral.
- Fotocopia del DNI del solicitante.
- Libro de Familia o certificado de nacimiento del hijo.
Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. Los certificados de empresa del inicio del descanso obligatorio y/o voluntario de la prestación de nacimiento y cuidado de menor, solo pueden remitirse a partir de la fecha en la que se inicia el descanso.
Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace. Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
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Subsidio por Paternidad
Durante el período de permiso de paternidad, el trabajador tiene derecho a recibir un subsidio equivalente al 100% de su base reguladora de la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Este subsidio garantiza que el padre reciba el equivalente a su salario durante el tiempo que dure el permiso, con un límite máximo establecido anualmente.
El subsidio del permiso de paternidad es una prestación económica que se concede al padre trabajador durante el tiempo que dura el permiso de paternidad. Este subsidio corresponde al 100% de la base reguladora de la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Es decir, el padre recibirá el equivalente al 100% de su salario durante el periodo que dure el permiso, con un límite máximo que se establece anualmente.
Consideraciones Legales y Laborales
Es importante tener en cuenta que, durante el permiso de paternidad, el trabajador tiene derecho a:
- Mantener su puesto de trabajo.
- Recibir la prestación económica correspondiente.
- No ser despedido ni sufrir modificaciones en sus condiciones laborales.
Solicitud de Periodos Sucesivos
Una cuestión importante es la posibilidad de solicitar periodos sucesivos de permiso de paternidad. Según una sentencia judicial, una vez que se emite una resolución de concesión de la prestación de paternidad, los periodos solicitados y reconocidos son modificables, siempre y cuando se notifique a la empresa y se cumplan los requisitos legales.
En un caso específico, un trabajador acordó con su empresa modificar las fechas de disfrute del permiso, pero el INSS inicialmente denegó el pago del subsidio correspondiente al segundo período. Sin embargo, la justicia falló a favor del trabajador, argumentando que la normativa actual busca la mejora de la conciliación y la corresponsabilidad, dotando de mayor flexibilidad al sistema de suspensión del contrato y del subsidio.
Este caso subraya la importancia de interpretar la normativa con perspectiva de género y de favorecer la flexibilidad en el disfrute del permiso de paternidad, siempre y cuando se respeten los derechos del trabajador y se cumplan los requisitos legales.
En la prestación por nacimiento y cuidado de menor el art.177 LGSS considera como situaciones protegidas el nacimiento del menor durante los períodos de descanso que por tales situaciones se disfruten, de acuerdo con lo previsto en los apartados 4, 5 y 6 del artículo 48. Se trata, por tanto, de una situación protegida claramente tributaria del período de suspensión del contrato de trabajo prevista en el art.48.4 ET. Y este derecho de suspender el contrato de trabajo para el cuidado de menor de 12 años -sic, 12 meses- es un derecho individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.
La suspensión del contrato de trabajo, transcurridas las primeras seis semanas inmediatamente posteriores al parto, puede disfrutarse en régimen de jornada completa o de jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, y conforme se determine reglamentariamente. Dentro de los requisitos que establece la Ley está la comunicación a la empresa con antelación mínima de 15 días, pero nada se dice de la posibilidad de, una vez comunicado dicho disfrute a la empresa, poder modificar las fechas de disfrute, siempre que el menor tenga menos de 12 meses, y que hayan transcurrido las seis semanas inmediatamente anteriores al parto.
Otros Permisos para Padres Trabajadores
Además del permiso paternidad, existen otros tipos de permisos dirigidos a los padres trabajadores.
Permiso por Lactancia
Sí, existe un permiso por lactancia en España para los padres trabajadores. Este permiso tiene como objetivo facilitar la lactancia del recién nacido y permitir que el padre pueda acompañar a la madre durante los primeros meses de vida del bebé. El permiso por lactancia es de una hora diaria, que se puede disfrutar de forma acumulada y que se extiende hasta que el hijo cumpla 9 meses de edad.
¿Qué ocurre si el padre no utiliza el permiso de paternidad?
En caso de que el padre no utilice el permiso paternidad, este no puede ser cedido a la madre ni a ningún otro familiar.
Adopción o Acogimiento
En el caso de adopción o acogimiento, el padre puede disfrutar del permiso de paternidad durante 16 semanas siempre que el acogimiento tenga una duración mínima de un año o, en el caso de que el menor tenga una discapacidad o haya sido víctima de violencia de género, una duración mínima de 6 meses.
¿Qué pasa si el padre trabaja en una empresa que no reconoce el permiso paternidad?
En caso de que el padre trabaje en una empresa que no reconoce el permiso paternidad, puede denunciar la situación ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Además, el padre puede reclamar el derecho a la prestación económica correspondiente.
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