Desahucio con Hijos: Legislación y Procedimientos en España

15.12.2025

El alquiler de una vivienda puede generar conflictos entre propietarios e inquilinos, especialmente cuando surgen impagos o se incumplen las condiciones del contrato. Pero, ¿qué ocurre cuando el inquilino tiene hijos? La presencia de menores en el hogar puede plantear dudas legales y éticas sobre el proceso de desahucio.

¿Qué es un Desahucio?

El desahucio es la acción por medio de la cual se solicita la ayuda de las autoridades para expulsar a un ocupante ilegítimo de una vivienda. La definición de desahucio que ofrece la RAE indica que consiste en: "Acto de desalojar el propietario o titular de una heredad a un inquilino o arrendatario, por las causas expresadas en la ley o convenidas en el contrato".

Casos en los que Procede Instar el Desahucio

El desahucio puede instarse en todo caso en que una persona o varias ocupen una vivienda ilegítimamente. Y se consideran ocupaciones ilegítimas:

  • La entrada sin autorización.
  • La permanencia sin autorización.
  • La finalización del contrato de alquiler.
  • El incumplimiento (y resolución) de contrato.

En relación con los arrendamientos, el artículo 1569 del Código Civil establece los casos en los que se puede desahuciar:

  1. Haber expirado el término convencional o el que se fija para la duración de los arrendamientos en los artículos 1.577 y 1.581.
  2. Falta de pago en el precio convenido.
  3. Infracción de cualquiera de las condiciones estipuladas en el contrato.
  4. Destinar la cosa arrendada a usos o servicios no pactados que la hagan desmerecer, o no sujetarse en su uso a lo que se ordena en el número segundo del artículo 1.555.

Tipos de Desahucio

Estas ocupaciones dan lugar a los tipos de desahucio que existen:

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  1. Desahucio de okupas: Hablaríamos de los casos de okupación ilegal, en los que una persona accede a la casa y permanece sin el consentimiento del propietario.
  2. Desahucio por precario: Se trata de los casos de “precario”. En determinadas ocasiones, se autoriza a una persona para que habite una vivienda.
  3. Desahucio de inquilinos: Existen determinadas situaciones en las que un incumplimiento contractual permite resolver el contrato de arrendamiento.

Así, podemos extraer que las causas por las que el arrendador podrá resolver el contrato son las siguientes:

  • Incumplimiento de obligaciones contractuales.
  • Falta de pago de rentas u otras cantidades (incluyendo la fianza o su actualización).
  • Subarriendo o cesión inconsentido.
  • Realización de daños u obras no consentidas.
  • Actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

Dentro los desahucios de inquilinos, existen diversas clases, por ejemplo:

  • Desahucio por impago de alquiler en el caso de viviendas.
  • Desahucio de local comercial.

Por otro lado, cuando concluye un contrato de alquiler el inquilino debe abandonar el edificio. En el caso de que no lo haga, el propietario tendrá que acudir a la acción de desahucio por finalización de contrato para forzar su desalojo.

El Proceso de Desahucio con Menores en el Alquiler

¿Te pueden Desahuciar con Hijos del Alquiler?

Sí, se puede echar a un inquilino con hijos por impago. “En principio, no debe influir que los ocupantes sean familias con niños. En la práctica, no obstante, cuando el juzgado dicta la resolución judicial, se le hace saber al arrendatario que tiene la posibilidad de acudir a los servicios sociales. Posteriormente, cuando el proceso finaliza y llega el momento de abandonar la vivienda, si hay menores se complica; tienen que acudir los servicios sociales, dotarlos de alojamiento, etc.”, explica César García, director de Acounsel Abogados.

Cuando un arrendador demanda a un inquilino por impago, el juzgado está obligado a informar a los servicios sociales. Si estos confirman que la familia es vulnerable, el desalojo se suspende hasta un mes (o tres si el propietario es una empresa). Durante ese tiempo, los servicios sociales deben ofrecer ayudas para evitar que los menores queden desprotegidos. Sin embargo, pasado ese plazo, el proceso sigue su curso y el desalojo puede llevarse a cabo.

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Tener hijos no impide el desalojo, pero si la familia es considerada como vulnerable se concede un margen de tiempo adicional para buscar soluciones.

Los Derechos de los Inquilinos con Hijos

Lo que sí influye en el proceso de desahucio es si el inquilino tiene hijos o menores a cargo y carece de ingresos suficientes. En este supuesto, estará en situación de vulnerabilidad económica, algo que puede paralizar el desalojo. Recordemos que el Gobierno prorrogó la paralización de los desahucios durante todo 2025.

Para estar en situación de vulnerabilidad hay que cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber pasado a estar en una situación de desempleo o, en caso de ser empresario o profesional, haber sufrido una pérdida sustancial de ingresos o una caída en la facturación de, al menos, el 40%.
  • Que el conjunto de ingresos de la unidad familiar no supere el umbral de 3 veces el IPREM (+0,1 veces el IPREM por cada hijo o persona de la unidad familiar mayor de 65 años a cargo o +0,15 veces el IPREM en caso de familias monoparentales).

Además, el límite se incrementará a 4 veces el IPREM si en la unidad familiar alguno de sus miembros tiene declarada una discapacidad superior al 33%, está en situación de dependencia o tiene una enfermedad que le incapacite permanentemente a una actividad laboral.

¿Qué Pasará con los Desahucios en este Escenario?

En este caso, el inquilino moroso podrá solicitar la suspensión extraordinaria del desahucio. Asimismo, el procedimiento se pararía temporalmente, pausándose hasta el 31 de diciembre de 2025.

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Sin embargo, en un caso en el que sí se produzca el desahucio de un inquilino con hijos, después de que el juez sea conocedor de la situación, los servicios sociales cuentan con un mes para poner a disposición del arrendatario las ayudas necesarias y ubicar a los niños. Si el arrendador es una persona jurídica, este plazo se amplía a tres meses. Después de este periodo, el desahucio continuará.

Procedimiento para Desalojar a un Inquilino con Niños

El proceso de desahucio se inicia con una demanda de juicio verbal a la que el arrendatario puede oponerse o no. El juez dicta sentencia en el caso de que haya juicio, o decreto de archivo en el caso de que no. Si el veredicto es favorable para el propietario, el arrendatario será condenado a desalojar la casa y se llegará al lanzamiento, momento en el que el arrendador vuelve a tener posesión de su propiedad.

Si el inquilino es condenado a desalojar la vivienda y no lo hace voluntariamente, el propietario puede iniciar la fase ejecutiva, que es cuando se lleva a cabo el lanzamiento o desalojo forzoso.

Durante esta etapa del proceso, el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) permite solicitar una prórroga de un mes (excepcionalmente hasta dos) si la vivienda es la residencia habitual del inquilino. Sin embargo, los jueces la conceden cada vez menos, ya que consideran que el arrendatario pudo haber buscado soluciones durante la fase declarativa.

Además, en ciertos casos, el desalojo del piso puede retrasarse unos días más, por ejemplo, si la fecha está cerca del final del curso escolar, para evitar afectar a los niños en su educación. En estos casos, los jueces podrían llegar a aplazar el desahucio hasta julio (fin del curso escolar) si el arrendatario lo solicita.

¿Cuánto Tarda un Desahucio con Niños?

El tiempo que se tarda en desahuciar a un inquilino moroso con hijos dependerá de la carga de trabajo del juzgado y de los servicios sociales.

La Nueva Ley de Vivienda y los Desahucios

La Ley trata de resolver la "inquiocupación" con el procedimiento de desahucio y a la vez se asegura de proteger a personas en situación de vulnerabilidad económica del desahucio inmediato.

¿Cómo Afecta al Alquiler la Ley de Vivienda?

La nueva Ley de Vivienda modifica algunas cuestiones del alquiler, como:

  • En zonas tensionadas introduce prórrogas extraordinarias de carácter anual para el arrendatario tras la finalización del contrato.
  • Suspensiones en los desahucios de personas en situación de vulnerabilidad.
  • Actualización del límite de la renta del 3% a partir de 2024.

¿Cuándo Puedo Desalojar al Inquilino Moroso con la Nueva Ley de Vivienda?

Los tribunales podrán establecer plazos de suspensión del procedimiento de desahucio de 2 o 4 meses según sean personas físicas o jurídicas frente a 1 y 3 meses como se establecía con anterioridad.

Un desahucio autorizado supone la obligatoriedad de informar al inquilino y al propietario de la fecha y hora prevista para su realización.

En caso de personas en situación de vulnerabilidad es obligado también informar a las Administraciones públicas competentes en vivienda, asistencia social, evaluación e información de situaciones de necesidad social, y a los responsables de brindar atención inmediata a personas en riesgo de exclusión social.

En una demanda de desahucio el interesado debe proporcionar los siguientes datos:

  • Si el inmueble es la residencia habitual del inquilino.
  • Si el propietario es un "gran tenedor" (ahora como mínimo teniendo más de 5 viviendas en zona tensionada).
  • Si el demandante está en situación de vulnerabilidad económica.
  • La acreditación de haber participado en un proceso de conciliación mediado por las administraciones públicas.

¿Qué Hacer Concretamente Ante el Impago?

Lo primero que decir es que debe actuarse con prontitud. La Ley permite que con tan solo un mes de impago, el propietario pueda resolver de pleno derecho la rescisión del contrato de arrendamiento, lo cual supone la obligación de abandono del inmueble del inquilino moroso.

Antes de acudir a la vía legal es conveniente requerir el pago atrasado al inquilino vía burofax.

Seguidamente, si lo anterior no tiene efecto, se podría interponer una demanda de desahucio firmado por abogado y procurador.

El juzgado, si admite la demanda a trámite, notificará al inquilino el desahucio y su fecha, momento en que este deberá devolver las llaves y abandonar la vivienda.

También sería posible reclamar judicialmente las deudas contraídas del alquiler, y los intereses de demora por impago. No obstante, muchos morosos carecen de nóminas ni propiedades.

En Caso de Inquilino Moroso sin Contrato

Si el inquilino no tiene un contrato legal, ante un conflicto de impago, no tendremos un texto legal donde asentar las bases.

Para conseguir que el moroso abandone el hogar habrá que seguir el mismo procedimiento que se sigue cuando hay contrato.

Si el inquilino lleva a cabo actividades ilegales o molestas se le podrá avisar con solo 7 días de antelación del interés en que abandone el inmueble.

¿Debe Abandonar el Inmueble un Inquilino Moroso con Hijos?

La condición de tener hijos no afecta directamente al proceso de desahucio. El procedimiento en cualquier caso estaría condicionado por la posible situación de vulnerabilidad económica del inquilino que podría en cualquier caso retrasarse.

En Resumen: La Nueva Ley de la Vivienda Supone

Con la nueva Ley el inquilino que no paga está en situación de incumplimiento de contrato.

Deberás pedir un Informe de los servicios sociales competentes.

La compensación consistirá en el valor medio que correspondería a un alquiler de vivienda en el entorno en que se encuentre el inmueble, determinado a partir de los índices de referencia del precio del alquiler de vivienda u otras referencias objetivas representativas del mercado de arrendamiento, más los gastos corrientes de la vivienda que acredite haber asumido el arrendador, por el período que medie entre que se acordare la suspensión y el momento en el que la misma se levante por el Tribunal o por finalizar el estado de alarma.

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