Ampliación del Permiso de Paternidad por Hospitalización del Hijo en España

11.12.2025

La llegada de un niño representa un momento importante en la vida de cualquier persona. El permiso de paternidad en España es un derecho laboral que permite a los padres trabajadores ausentarse de su puesto de trabajo con el objetivo de cuidar de su hijo recién nacido, adoptado o acogido, garantizando la conservación de su empleo y el cobro del 100% del salario durante ese periodo.

¿Qué es el Permiso por Nacimiento y Cuidado de Menor?

El permiso por nacimiento y cuidado de menor es un derecho individual de la persona trabajadora y no transferible al otro progenitor. Sustituyó en el año 2021 a las antiguas prestaciones de maternidad y paternidad y las equiparó.

Evolución de este Derecho

Desde que se otorgó este derecho en 2007, ha sufrido varias modificaciones. En 2021, se equiparó totalmente con el de maternidad, que anteriormente contemplaba 16 semanas de baja pagada a ambos acogidos.

En 2019, el Ejecutivo aprobó medidas para favorecer la igualdad en el ámbito laboral y garantizar el derecho a la conciliación y la corresponsabilidad, entre las que figura la progresiva equiparación de los permisos de madres y padres en base a tres principios: igualdad, intransferibilidad y remuneración al cien por cien. Ese año, el permiso de paternidad pasó de 5 a 8 semanas, y en el año 2020 a doce.

En 2021 entró en vigor la equiparación total para ambos progenitores y el permiso se amplió a 16 semanas, seis de las cuales deben disfrutarse inmediatamente después del parto o resolución judicial o administrativa en los casos de adopción, guarda o acogimiento.

Lea también: Derechos de Maternidad en España

En 2025, el Gobierno completa la transposición de una directiva comunitaria mediante un real decreto-ley que amplía el permiso a 19 semanas (32 en el caso de las familias monoparentales).

Con esta ampliación, España se ha convertido en un referente internacional en políticas de conciliación, corresponsabilidad e igualdad y se alinea con los países europeos con permisos más largos y flexibles.

Ampliación del Permiso por Hospitalización del Bebé

La «ampliación baja maternidad por hospitalización» es un derecho fundamental para los padres cuyo bebé recién nacido requiere cuidados hospitalarios prolongados inmediatamente después del parto. La legislación vigente en España facilita que ambos papás puedan solicitar una extensión del permiso de paternidad y maternidad, garantizando así que puedan proporcionar el apoyo necesario al lado de su hijo durante este período crítico.

Cuando un recién nacido requiere hospitalización prolongada tras el nacimiento, en España, es posible solicitar una Ampliación Baja Maternidad por Hospitalización. La Ampliación Permiso Maternidad / Paternidad por hospitalización en España es un beneficio para las madres y padres trabajadores cuando un recién nacido requiere hospitalización por más de siete días, extendiendo el permiso tantos días como el bebé esté hospitalizado, comenzando desde el octavo día.

Condiciones para la Ampliación

Para acceder a esta ampliacion maternidad por ingreso bebe, es necesario que el bebé haya sido hospitalizado por más de siete días inmediatamente después del nacimiento o durante los primeros 30 días de vida.

Lea también: Novedades Baja Maternal Hospitalización

  • Ambos progenitores tienen el derecho individual de solicitar la ampliación de hasta 13 semanas si el recién nacido requiere hospitalización inmediatamente después del parto.
  • Es necesario presentar documentación que acredite la hospitalización del bebé.
  • La solicitud se puede tramitar directamente a través de la Seguridad Social, presentando la documentación requerida.

¿Cómo se disfruta el permiso si el parto es prematuro?

En los casos de parto prematuro y en los que, por otra circunstancia, el neonato deba permanecer hospitalizado tras el parto, el periodo de suspensión del contrato podrá computarse a partir de la fecha de alta hospitalizaría. Se excluyen de este cómputo las seis semanas posteriores al parto.

Si el parto es prematuro con falta de peso o el neonato precisa, por alguna condición clínica, hospitalización tras el parto por un periodo superior a siete días, la suspensión se ampliará en tantos días como el nacido se encuentre hospitalizado, con un máximo de trece semanas adicionales.

Duración del Permiso de Paternidad

Actualmente, dura 16 semanas. En 2025, el Consejo de Ministros aprobó el 29 de julio de 2025 la ampliación en tres semanas - de 16 a 19- el permiso por nacimiento y cuidado del menor para cada progenitor y lo incrementó a 32 semanas para familias monoparentales/monomarentales. La medida fue convalidada por el Congreso de los Diputados el 9 de septiembre de 2025.

Todo ello supone un total de 19 semanas para cada progenitor.

Distribución del Permiso

El permiso se distribuye de la siguiente forma:

Lea también: Parto prematuro y baja maternal

  • Diecisiete semanas (28 en el caso de las familias monoparentales o monomarentales) hasta que el bebé cumpla un año: Las seis primeras semanas se disfrutan de forma obligatoria e ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento del bebé o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar a partir de la resolución judicial o administrativa. La madre biológica puede anticipar el descanso hasta las cuatro semanas previas a la fecha prevista para el parto.
  • Once semanas (22 en el caso de monoparentalidad o monomarentalidad) se pueden disfrutar en periodos semanales seguidos o interrumpidos, en régimen de jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y el trabajador, hasta que se cumplan 12 meses del nacimiento del bebé.
  • Dos semanas adicionales (cuatro en el caso de monoparentales o monomarentales): Se distribuyen de forma flexible hasta que el menor cumpla los 8 años de edad. En supuestos de nacimiento o adopción múltiple o discapacidad, el permiso se amplía una semana más para cada progenitor.

Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.

Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.

¡Importante! 11 semanas (22 en el caso de una familia monoparental): podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.

Las 2 semanas de permiso parental retribuidas para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años se aplican de forma retroactiva desde el 2 de agosto de 2024. Eso sí, no tiene carácter retroactivo.

¿Quién puede acogerse a la ampliación del permiso?

Pueden acogerse a este permiso los trabajadores asalariados, autónomos o empleados públicos que se encuentren en situación de alta o asimilada al alta, tengan cubierto un periodo mínimo de cotización, y cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. Las dos semanas adicionales de cuidado podrán solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

Aspectos Financieros

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social.

Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.

Durante la ampliacion baja paternidad por ingreso bebe, el trabajador recibe una prestación económica del 100% de la base reguladora a cargo de la Seguridad Social, no directamente por la empresa.

¿Quién asume el coste del nuevo permiso de ampliación del permiso?

La Seguridad Social asume el coste total del permiso por nacimiento y cuidado de menor y abonará el 100% de la base reguladora.

Requisitos para la Ampliación del Permiso

Para acceder a este derecho, es fundamental cumplir con una serie de requisitos y presentar la documentación necesaria:

  • Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta.
  • A partir de 2025, también se prevé la inclusión de ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.

La persona tiene la obligación de efectuar el preaviso a la empresa con una antelación de 15 días, o el lapso que establezca el convenio colectivo respectivo.

Documentación Requerida

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE)
  • Certificado de empresa: Indicando el inicio y fin del periodo de ampliación.
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
  • Generalmente, se necesita un informe médico detallado que especifique la necesidad de hospitalización prolongada del bebé.

Periodo mínimo de cotización

  • Para menores de 21 años, no se exige periodo mínimo de cotización.
  • Entre los 21 y 26 años, 90 días de cotización en los 7 últimos años o 180 en toda la vida laboral.
  • Para mayores de 26, se exigen 180 días en los 7 años inmediatos anteriores o 360 días en toda la vida laboral.
  • Si no llegan al periodo de cotización exigido según su edad tendrán derecho a una prestación económica de 42 días.

¿Cómo Solicitar la Ampliación del Permiso?

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja.

La solicitud se puede tramitar de las siguientes maneras:

  • Por correo: Descargue y rellene el formulario de solicitud que encontrará en la web de la Seguridad Social y remítalo por correo ordinario a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina correspondiente, junto al resto de la documentación.
  • Presencial: Deberá presentar la solicitud y la documentación con cita previa.

¿Qué documentación tengo que aportar?

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE)
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

Trámite online

También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.

Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.

Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

Completa el formulario: Tras la compra, recibirás un correo electrónico con un enlace a un formulario.

Existe un modelo de solicitud de permiso por hospitalización por si necesitas que alguien haga el trámite por tí o hacerlo tu misma/o.

Consideraciones Adicionales

En PrestacionesPorNacimiento.es entendemos que enfrentarse a la burocracia puede ser abrumador, especialmente en momentos de estrés emocional. Nuestro servicio se especializa en manejar todos los trámites relacionados con el nacimiento de tu bebé, incluida la gestión de la ampliación del permiso por hospitalización.

La ampliación del permiso de nacimiento por hospitalización del bebé es un derecho que apoya a los padres en momentos críticos, asegurando que puedan estar presentes cuando más lo necesita su hijo.

Para más información sobre cómo podemos ayudarte, visita nuestra web www.PrestacionesPorNacimiento.es.

tags: #ampliacion #permiso #paternidad #hospitalizacion #hijo #requisitos

Publicaciones populares: