¿Cómo se Paga la Licencia de Paternidad en España?: Requisitos y Novedades

27.11.2025

La llegada de un hijo es un momento crucial en la vida de cualquier persona. En España, la baja por paternidad es un derecho que permite a los padres disfrutar de un periodo de descanso remunerado tras el nacimiento, adopción o acogida de un hijo. Este permiso ha evolucionado significativamente en los últimos años, equiparándose cada vez más a la baja por maternidad.

¿Qué es el Permiso por Nacimiento y Cuidado del Menor?

El permiso por nacimiento es el derecho a ausentarse del puesto de trabajo por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento y cuidado del menor. Se pueden acoger al permiso por nacimiento las personas empleadas por cuenta ajena o propia, sea cual sea su sexo, siempre y cuando se encuentren dadas de alta o asimiladas al alta en la Seguridad Social, disfruten de los periodos de descanso / permiso de nacimiento y cuidado del menor y demuestren los periodos mínimos de cotización que se exigen en cada caso.

Tienen derecho a tomar el permiso de paternidad todos los empleados por motivo de nacimiento de hija o hijo, adopción o acogimiento. Para ello, deben estar afiliados a la Seguridad Social y cumplir con unos mínimos periodos de cotización, que variarán según la edad. El permiso aplica tanto para quienes trabajan por cuenta ajena, como para autónomos y personas que reciben el subsidio por desempleo.

Es importante conocer las novedades sobre el permiso de paternidad y maternidad, cuánto dura, cómo pedirlo y qué documentos necesitas.

Duración del Permiso de Paternidad

Desde 2021, la duración del permiso es igual tanto para el padre como para la madre, estableciéndose en 16 semanas. Este permiso es personal e intransferible, aunque obligatorio en sus primeras seis semanas.

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  • Seis semanas obligatorias: Deben tomarse de manera ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después del nacimiento, adopción o acogida del menor.
  • Diez semanas flexibles: Estas pueden disfrutarse de forma acumulada o interrumpida, a jornada completa o parcial, dentro de los primeros 12 meses desde el nacimiento o adopción. Las siguientes 11 semanas se pueden disfrutar de forma continuada tras las 6 primeras o de forma interrumpida, si los dos padres trabajan, hasta que el niño o niña cumpla un año.

Casos Especiales: Ampliación del Permiso

Hay varias circunstancias que permiten la ampliación del permiso de paternidad.

  • Parto Múltiple: En caso de nacimientos múltiples, como gemelos o mellizos, la baja por paternidad se amplía en una semana adicional por cada hijo a partir del segundo. En estos casos, la duración del permiso de paternidad o maternidad se amplía en dos semanas por cada hijo, a partir del segundo.
  • Hospitalización Prolongada: Si el bebé nace prematuramente o necesita una hospitalización prolongada (más de siete días), la baja puede prolongarse hasta un máximo de 13 semanas adicionales. A partir de 2024, se ha incluido una ampliación automática de dos semanas adicionales en casos de nacimientos prematuros que requieran hospitalización prolongada, mejorando la protección familiar.
  • Adopción o Acogimiento: La baja por paternidad en adopciones o acogimientos es idéntica a la baja por nacimiento, con una duración estándar de 16 semanas, donde las primeras 6 son obligatorias e ininterrumpidas. En casos de acogimiento familiar, la baja por paternidad se gestiona de manera similar a la de adopción, con 16 semanas iniciales.

Requisitos para Solicitar la Baja por Paternidad

Para acceder a la baja por paternidad, es necesario cumplir con ciertos requisitos:

  • Afiliación a la Seguridad Social: Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta. Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta (dado de alta pero no cotizando, como estar en el desempleo o con una incapacidad temporal).
  • Periodo Mínimo de Cotización: Tener cubierto un periodo mínimo de cotización en función de la edad.
    • Menores de 21 años: No se requiere un periodo mínimo de cotización.
    • Entre 21 y 26 años: Tener cotizados 180 días a lo largo de su vida laboral o 90 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso.
    • Mayores de 26 años: Tener cotizados 360 días a lo largo de su vida laboral o 180 días dentro de los 7 años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso, o 360 días en toda su vida laboral.

¿Cómo se Paga la Baja por Paternidad?

Durante el periodo de baja por paternidad, el trabajador tiene derecho a percibir el 100% de su base reguladora, que corresponde al salario habitual. Esta prestación es gestionada y pagada directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). El subsidio por maternidad o paternidad para autónomos funciona de forma análoga a la de los trabajadores por cuenta ajena. Es decir, el equivalente al 100 % de su base de cotización.

Por tanto, la prestación económica percibida responde al 100% de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al nacimiento.

Ejemplo Práctico

Por ejemplo, en el caso de un trabajador que tiene un salario bruto mensual de 2.000 euros, la base reguladora, que es el promedio de las bases de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio de la baja, sería equivalente a esos 2.000 euros mensuales.

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Si cotiza por la base mínima de la tabla general, en 2025 recibirá aproximadamente 950 euros al mes durante la baja.

¿Quién Paga la Baja por Paternidad?

La prestación es pagada por el INSS, no por la empresa. En las personas empleadas asalariadas, el 100% de la prestación la abona la Seguridad Social. La empresa únicamente debe mantener el puesto de trabajo y pagar la cotización correspondiente en cada caso.

¿Cuándo se Cobra la Baja por Paternidad?

El INSS realiza el pago a mes vencido, normalmente el último día hábil del mes. Lo hace por transferencia directa a la cuenta bancaria que hayas indicado al presentar la solicitud.

Ventajas Fiscales

Las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas en el IRPF. La remuneración se mantiene en su totalidad durante el permiso de paternidad o maternidad y, además queda exenta de la retención del IRPF, aunque no del resto de impuestos asociados a la Seguridad Social.

¿Cómo Solicitar la Baja por Paternidad?

El permiso de paternidad o maternidad puede solicitarse por tres vías: online, por correo ordinario o presencialmente en los CAISS de la Seguridad Social. Ya sea por vía telemática o presencial, hay ciertos documentos que la persona empleada debe presentar para solicitar el permiso por nacimiento.

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La persona empleada debe solicitar el permiso de paternidad o maternidad 15 días antes (o el plazo estipulado en el convenio colectivo). Y, ante la falta de métodos de identificación, la petición puede realizarse también a través de la página de trámites sin certificado digital del INSS.

Documentación Necesaria

Para solicitar la baja por paternidad, se requiere la siguiente documentación:

  • DNI del solicitante.
  • Libro de familia donde aparezca el nacimiento o el certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil. En caso de adopción o acogimiento: libro de familia o certificado de inscripción de la resolución judicial o administrativa en el Registro Civil.
  • Certificado de empresa con la fecha de inicio del permiso. Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor. No obstante, si la organización ya lo haya enviado no será necesario.
  • Formulario de solicitud: Debe completarse y presentarse junto con los demás documentos.

También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.

Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

Plazos

El plazo para solicitar la prestación comienza desde el momento del nacimiento o adopción y se extiende hasta 15 días hábiles posteriores al inicio del permiso. Se recomienda presentar la solicitud hasta 15 días antes del inicio del descanso.

Derechos y Obligaciones Durante la Baja por Paternidad

La baja por paternidad también establece una serie de obligaciones y derechos para las empresas.

  • Protección contra el despido: El empleador no puede despedir al trabajador durante el periodo de baja por paternidad. Si la empresa despide al trabajador mientras está disfrutando de la prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor, se considerará nulo, salvo que la empresa pueda demostrar que no tiene nada que ver con el nacimiento o adopción del pequeño.
  • Mantenimiento del puesto de trabajo: La empresa únicamente debe mantener el puesto de trabajo y pagar la cotización correspondiente en cada caso.
  • Concesión del permiso de lactancia: Si el trabajador solicita acumular el permiso de lactancia en días completos, la empresa debe negociar y acordar cómo se organizará este tiempo adicional.
  • Organización del trabajo: El empleador puede reorganizar las tareas y responsabilidades del trabajador ausente, siempre que esto no afecte negativamente a los derechos de otros empleados.
  • Negociación del permiso de lactancia: Aunque el derecho a la hora diaria de lactancia no puede ser negado, la acumulación en días completos debe ser acordada entre ambas partes.

Protección Laboral

Durante el periodo de baja por paternidad, el trabajador está protegido frente al despido. Cualquier despido que ocurra durante la baja se considerará nulo, lo que proporciona una mayor seguridad laboral al empleado.

A efectos legales, la solicitud de la baja por nacimiento y cuidado del menor no debe implicar un despido, ni reducciones de jornadas y tampoco cambios de puestos de trabajo.

Combinación con el Permiso de Lactancia

En España, es posible combinar la baja por paternidad con el permiso de lactancia, lo que permite a los padres optimizar su tiempo de cuidado al recién nacido o adoptado.

El permiso de lactancia es un derecho que tienen ambos progenitores para ausentarse del trabajo durante una hora diaria (o reducir su jornada laboral en media hora) para el cuidado del hijo menor de nueve meses.

  • Acumulación del permiso de lactancia: El trabajador puede solicitar acumular las horas de lactancia en jornadas completas.
  • Ajuste del calendario: Para unir ambos permisos, el trabajador debe planificar con su empresa el periodo en el que va a disfrutar de la baja por paternidad y del permiso de lactancia acumulado.
  • Solicitud y aprobación: Aunque el permiso de lactancia es un derecho, su acumulación en días completos suele requerir un acuerdo con la empresa.

Ejemplo Práctico

Supongamos que un trabajador disfruta de las 16 semanas de baja por paternidad y luego decide acumular el permiso de lactancia.

Impacto en las Empresas

El permiso de paternidad puede ir asociado a un coste extra para las empresas, ya que podrían verse en la necesidad de cubrir la ausencia del padre trabajador y contratar a otra persona que le sustituyan temporalmente. Ante la ausencia de la persona empleada, el permiso por nacimiento puede suponer costes adicionales para la compañía.

A través de estos contratos de interinidad o sustitución, desde el 1 de septiembre de 2023, las empresas obtienen la bonificación de 366 euros sobre la cotización de la persona que está de baja por nacimiento.

Para las empresas, eso puede suponer una necesidad de adaptación frecuente a nuevas realidades laborales. Los responsables de recursos humanos deben definir políticas para las solicitudes de este tipo de permisos. Actualmente, herramientas como Factorial permiten una gestión automatizada de estos permisos, lo que reduce los errores administrativos y asegura el cumplimiento de las normativas vigentes.

Las empresas que promueven el permiso de paternidad y lo gestionan correctamente en beneficio de sus equipos suelen conseguir una serie de beneficios adicionales que, en forma de intangibles, fortalecen la relación con los empleados, mejoran el ambiente laboral y favorecen la productividad. Y es que después de estar un mínimo de 6 semanas fuera de la oficina, el empleado puede ignorar los nuevos avances logrados en la compañía, por lo que es conveniente contar con un plan de onboarding para facilitar su regreso a la oficina.

Novedades Legislativas

Los permisos por paternidad y maternidad tienen reformas frecuentes en su regulación. La última novedad es fruto del Real Decreto-ley 9/2025.

  • El Disposición transitoria única del RDL 9/2025 establece que la regulación introducida en el artículo 48.4 y 5 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el artículo 49.a), b) y c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, respecto de la adición de las 2 semanas, 4 en el caso de monoparentalidad, de suspensión del contrato de trabajo o del permiso por nacimiento y cuidado de menor que se pueden disfrutar hasta que el menor cumpla los ocho años de edad, será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024.
  • Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.

Tabla Resumen de la Baja por Paternidad en España

Aspecto Descripción
Duración Total 16 semanas (ampliable en casos de parto múltiple, hospitalización, etc.)
Semanas Obligatorias 6 semanas ininterrumpidas tras el nacimiento
Semanas Flexibles 10 semanas a disfrutar en los 12 meses siguientes
Remuneración 100% de la base reguladora (salario habitual)
Pago Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
Documentación DNI, Libro de Familia, Certificado de Empresa
Solicitud Online, correo ordinario o presencialmente en el INSS

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