Complemento de Maternidad por Brecha de Género: Requisitos y Trámites
El complemento para la reducción de la brecha de género es la ayuda a pensionistas por hijos que está vigente en la actualidad. Este complemento busca reducir la diferencia entre las pensiones de hombres y mujeres. El complemento por brecha de género es una medida para paliar esta situación.
¿Qué es el Complemento de Pensiones Contributivas para la Reducción de la Brecha de Género?
El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, sustituye al anterior complemento de maternidad por aportación demográfica. Se reforma la normativa y, desde el 4 de febrero de 2021, el complemento para la reducción de la brecha de género sustituye al anterior complemento de maternidad por aportación demográfica, que sólo podían recibir las mujeres.
Este complemento, inicialmente, busca reparar el daño que las mujeres han sufrido a lo largo de su carrera por asumir un papel importante en la tarea de cuidar a los hijos, lo que se proyecta en el área de las pensiones.
¿Quiénes Pueden Beneficiarse del Complemento?
El complemento por brecha género pensión puede ser solicitado por:
- Madres y padres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- Que hayan tenido uno o más hijos nacidos o adoptados.
- Ser beneficiario de una pensión contributiva en una fecha posterior al 4 de febrero de 2021 en adelante y tener por lo menos un hijo.
Este complemento está destinado tanto a hombres como a mujeres. Es suficiente con la existencia de un hijo, mientras que el antiguo complemento de maternidad solo podían percibirlo las madres con dos o más descendientes. En caso de ser ambos progenitores los que solicitan el complemento, se dará prioridad a la madre. No se permite que los dos progenitores puedan percibir a la vez el complemento para la reducción de la brecha de género.
Lea también: Paternidad en España
Requisitos para Acceder al Complemento
Para que se conceda el complemento de brecha de género se debe ser titular de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente, haber tenido un hijo o más antes de obtener la pensión, y no estar en situación de jubilación parcial.
Haber tenido un hijo o más, sea cual sea su edad en el momento en que se consigue la pensión. En caso de que la pensión contributiva sea de jubilación, esta no puede ser parcial.
Requisitos Adicionales para Hombres (Tras la Sentencia del TJUE)
Inicialmente, los hombres debían demostrar que su carrera profesional se vio interrumpida o afectada por el nacimiento o adopción de los hijos. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha considerado que estos requisitos son discriminatorios para los hombres.
Este último requisito, sólo solicitado a los hombres, es lo que ha generado una nueva batería de reclamaciones judiciales y, nuevamente, el TJUE lo tachó de discriminatorio el 15 de mayo de 2025, como hizo con el antiguo complemento de maternidad, al considerar que la normativa actual impone requisitos adicionales a los hombres para acceder al complemento de brecha de género, mientras que las mujeres lo reciben automáticamente por el solo hecho de tener hijos.
Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y la unificación de doctrina por parte del Tribunal Supremo, el complemento debe concederse en igualdad de condiciones a hombres y mujeres.
Lea también: Guía del Complemento de Paternidad
En el caso de los hombres, demostrar que su carrera profesional se vio interrumpida o afectada por el nacimiento o adopción de los hijos. Las mujeres, en cambio, no deben acreditar perjuicio laboral específico: basta con ser beneficiaria de la pensión y haber tenido hijos.
¿Cómo se Calcula el Complemento?
El importe del complemento por brecha de género se fija anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. La cantidad se fija anualmente en los Presupuestos Generales del Estado, y es igual para todos los ciudadanos. Este extra en la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente es muy reducido, pero se percibe cada mes, sumado a la cuantía de la prestación contributiva. El importe, además, se multiplica por cada hijo natural o adoptivo, hasta el límite de cuatro.
Para el año 2025, el importe es de 35,90 euros mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro hijos. Desde que entró en vigor en 2021, el complemento de maternidad/paternidad ha pasado de los 30 euros por el primer hijo a 35,9 euros para 2025 por mes (14 pagas), lo que supone una revalorización del 8,1% sobre la cuantía de 2024, según un Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno ante la falta de consenso para aprobar los Presupuestos Generales del Estado. Este importe se suma a la pensión que corresponda. Se actualiza anualmente según el IPC.
Compatibilidad con Otras Pensiones
El complemento por brecha género pensión es compatible con las siguientes pensiones contributivas:
- Jubilación (ordinaria, anticipada, parcial).
- Incapacidad permanente (total, absoluta, gran invalidez).
- Viudedad.
¿Cómo Solicitar el Complemento?
La solicitud se puede realizar desde el 4 de febrero de 2021 al mismo tiempo en el que se solicita la pensión. Se pueden solicitar al mismo tiempo que se solicita la pensión o bien de manera posterior, en sede electrónica o descargando el modelo de solicitud. Cuando se solicita una pensión, como la de jubilación, en la misma gestión se puede realizar la petición de la ayuda a los pensionistas por hijos -el complemento de brecha de género-.
Lea también: Solicitar el Complemento de Maternidad
Vías para la Solicitud
- Vía telemática: también es posible la solicitud online del complemento de brecha de género a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Paralelamente, también es posible tramitar la jubilación con esta ayuda por hijos a pensionistas por Internet.
- Presencialmente: en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Si el trámite se lleva a cabo de forma presencial o por correo, en el propio formulario oficial de jubilación se incluye una parte destinada a ello. Este formulario se puede presentar en cualquiera de los Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social, aunque es indispensable acudir con cita previa. Y, también se puede enviar por correo ordinario.
Documentación Necesaria
Es importante presentar toda la documentación requerida para evitar retrasos en la tramitación:
- Formulario de solicitud.
- DNI del solicitante.
- Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.
- Documentación que acredite la interrupción o reducción de la actividad laboral para el cuidado de los hijos (informes de vida laboral, contratos de trabajo, etc.).
- Resolución de la pensión que se está percibiendo.
¿Qué Hacer si Deniegan el Complemento?
En caso de reclamación si se le denegó por el requisito adicional exigido a los hombre, al igual que con el complemento de paternidad, no hay un documento formal y la solicitud será por escrito en las instancias anteriores. Si te deniegan el complemento por brecha de género, puedes presentar una reclamación previa ante el INSS. Tienes un plazo de 30 días para presentarla. Reclamaciones: si transcurrido el plazo máximo no se ha recibido respuesta, se puede entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, lo que permite interponer los recursos administrativos o judiciales pertinentes.
Si la reclamación previa es desestimada, puedes presentar una demanda judicial ante los Juzgados de lo Social. Es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Seguridad Social para defender tus derechos. La reclamación se realiza, en primer lugar, por el cauce administrativo. Pero si la resolución es denegatoria se puede recurrir a los tribunales, donde habitualmente se concede, salvo que el demandante no cumpla los requisitos para cobrarlo que se indican en la normativa.
Retroactividad del Complemento
El complemento para la reducción de la brecha de género no tiene carácter retroactivo general. Este complemento se aplica a las pensiones reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021. From the date on which the contributory Social Security pension that determines entitlement to the supplement takes effect. In cases where the event giving rise to the male parent's pension occurred before 15 May 2025, the recognition of the supplement - by virtue of the ruling of the Court of Justice of the European Union - will backdate its economic effects to the date of economic effects of the pension to which it supplements.
Sin embargo, con la reciente sentencia del TJUE, se abre la puerta a que se reclamen aquellas solicitudes denegadas a los hombres en virtud del requerimiento adicional y exclusivo para este género, tal y como ocurrió con el complemento de maternidad que derivó en el complemento de paternidad.
Incompatibilidades
La percepción de del complemento de maternidad por aportación demográfica es incompatible con el complemento para reducción de la brecha de género que corresponda por el reconocimiento de una nueva pensión pública. Cuando el otro progenitor que perciba el complemento de maternidad por aportación demográfica solicite el complemento para la reducción de la brecha de género, la cuantía mensual que se le reconoce se deduce del complemento por maternidad que se perciba. No es posible. Las mujeres que tengan concedido el complemento de maternidad no pueden sumar a él el de brecha de género. Y lo mismo sucede con los hombres que han conseguido el de paternidad.
Evolución del Complemento
Tras su reforma en el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, se determinó que este complemento subiría un 10% adicional al IPC durante el bienio 2024-2025. Tras su reforma en el Real Decreto-ley 9/2024, se incorporaron mejoras, como el aumento del 10% en su cuantía para el bienio 2024-2025, la ampliación de la cobertura de los periodos sin cotización y la eliminación de obstáculos para hombres.
tags: #complemento #maternidad #por #brecha #de #genero