Contrato de Amantes: Definición y Aspectos Clave

19.11.2025

En la actualidad, muchas personas optan por tener una relación extramatrimonial y, en algunos casos, deciden formalizarla mediante un contrato. Un contrato con un amante es un acuerdo legal entre dos personas que deciden tener una relación íntima fuera del matrimonio. Este tipo de contratos se utilizan principalmente para evitar conflictos y malentendidos en caso de que la relación llegue a su fin.

¿Qué puede incluir un contrato con un amante?

Un contrato con un amante puede incluir una amplia variedad de aspectos, dependiendo de las necesidades y acuerdos entre las partes.

El matrimonio es evidentemente una realidad antropológica, puesto que sólo se da entre los seres humanos. Hablar de derecho matrimonial no es simplemente referirse a la unión conyugal como una relación jurídicamente reconocida, sino que es, primordialmente, acceder a la realidad natural de la «una caro», esto es, a una realidad personal y biográfica.

La ciencia jurídica no es sólo ciencia de las normas, sino que es principalmente ciencia del hombre en relación. La alteridad que se opera en el matrimonio tiene tal especificidad, que se distingue de otras relaciones interpersonales y es de ella de donde se deriva su intrínseca juridicidad. La unión conyugal permanentemente fiel y abierta a la fecundidad es, ante todo una realidad natural. Es decir, la esencia y la estructura básica del matrimonio se deriva de la misma naturaleza del hombre.

El matrimonio lo crean los contrayentes porque se produce por su libre consentimiento matrimonial. Este consentimiento matrimonial, es un acto de la voluntad por el cual el varón y la mujer se entregan y se aceptan mutuamente en alianza permanente y fiel. Es un acuerdo de voluntades, es un pacto conyugal que no tiene que equipararse necesariamente a un contrato.

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El libre consentimiento de los cónyuges (o principio consensual) es la causa eficiente del matrimonio y tiene gran relevancia jurídica en el momento constitutivo del matrimonio, pero no se puede concluir que por esto sea el matrimonio un contrato porque se podría desfigurar su realidad natural. Reducir el matrimonio a un contrato sería ilógico, puesto que las personas no pueden ser objeto de contratación ya que son indisponibles y en el matrimonio se entregan y se aceptan dos personas.

Si fueran el Estado y el derecho positivo los que decidieran qué es el matrimonio, llegaríamos a lo que está sucediendo ahora en España: que lo han ido despojando de su realidad natural para convertirlo en algo irreconocible. Con las reformas del Código Civil español del año 2005, concretamente con la Ley 13/2005, de 1 de julio (en materia de derecho a contraer matrimonio entre parejas del mismo sexo) y la Ley 15/2005, de 8 de julio (en materia del llamado divorcio «express» : un divorcio unilateral, sin alegar causales y a los 3 meses de matrimonio), al matrimonio lo han ido desnaturalizando hasta convertirlo en algo irreconocible y poco serio desde un punto de vista jurídico-positivo.

Todos sabemos que actualmente los españoles que quieren comprar un piso, tienen que asumir hipotecas de hasta 30 años de duración; mientras que para divorciarse por lo civil bastaría que transcurrieran tan sólo 3 meses de matrimonio, sin alegar ninguna causal y por el simple consentimiento de uno de los cónyuges. Es verdad que los divorcios han aumentado considerablemente después de la entrada en vigor de esta ley del divorcio rápido, pero también es cierto que en España es un hecho social indiscutible que la gente se sigue casando con el deseo de que su matrimonio sea verdadero, es decir, que sea permanente, fiel y abierto a la procreación.

En realidad, el problema no es que existan leyes civiles que desvirtúen el matrimonio (siempre las ha habido). Es curioso observar cómo las mismas leyes civiles sobre el matrimonio en España pueden llegar a ser tan contraditorias. Hay muchos ejemplos de esa contradicción en la vigente legislación civil española en materia de matrimonio, de filiación, etc.

Veamos esta contradicción legal: mientras en el Código Civil español, en sus recientes reformas del año 2005, se permite contraer un matrimonio y luego divorciarse «porque sí» a los 3 meses de casados, resulta que en la Instrucción de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre los matrimonios de conveniencia o de complacencia, se dice expresamente que… «para que haya verdadero matrimonio, no se requiere un consentimiento cualquiera, sino un consentimiento matrimonial dirigido a crear una comunidad de vida entre los esposos, con el fin de asumir los fines propios y específicos de la unión en matrimonio, es decir, formar un “consortium omnes vitae” (fundar una familia)».

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En esta Instrucción de 31 de enero de 2006, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre matrimonios de complacencia o de convenciencia, que es posterior a la reforma de la Ley 15/2005, de 8 de julio, sobre el divorcio «express», se recuerda que cuando los contrayentes se unen en matrimonio, excluyendo las propiedades esenciales del matrimonio, ese matrimonio es simulado y, por lo tanto, nulo.

Continúa diciendo la Instrucción… «El matrimonio es simulado cuando el consentimiento se emite por una o ambas partes en forma legal, pero simulada, esto es, sin una voluntad real y efectiva de contraer matrimonio, excluyendo el matrimonio mismo (simulación total) o un elemento o propiedad esencial del matrimonio (simulación parcial)… Esta simulación genera una nulidad matrimonial que impide que pueda inscribirse ese matrimonio en los Registros Civiles Españoles, porque un matrimonio simulado supone una voluntad matrimonial inexistente.

¿Puede ser que se prohiba legalmente -en la Instrucción de 31 de enero de 2006- un matrimonio que no está llamado a conformar un «consortium omnes vitae» (una comunidad de vida y amor, es decir, una familia) y al mismo tiempo que se permita legalmente -en la Ley 15/2005, de 8 de julio- un matrimonio que no está llamado a conformar una comunidad de vida y amor, porque los contrayentes pueden divorciarse a los 3 meses de casados? ¿Y puede ser que una misma legislación civil diga que es nulo el matrimonio en el que los contrayentes excluyen sus propiedades esenciales y en otra se permita excluirlas?

El matrimonio es una «comunidad de vida y amor» según la legislación vigente en España y en esta definición están todas sus propiedades esenciales. Y a una comunidad de vida y amor no cabría calificarla jurídicamente como contrato porque no sería lo más adecuado, ni expresaría toda su esencia y su contenido. Cabría más bien llamarla alianza.

Los anillos que siempre se han entregado los contrayentes en la ceremonia nupcial, ya sea civil o religiosa, como «símbolo» de su compromiso, se les llama «alianzas matrimoniales» para expresar lo que es el matrimonio. Esas alianzas «significan» lo que es el matrimonio; es decir, la alianza no es el anillo o la argolla, sino el matrimonio que han conformado los cónyuges con su consentimiento matrimonial libre.

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En la alianza matrimonial, sucede lo mismo que en el amor: se entregan dos personas; mientras que en los contratos no pueden entregarse dos personas. A lo más, en los contratos se intercambian derechos y obligaciones. Un hombre y una mujer que se aman y se casan por amor, no se intercambian derechos y obligaciones, se entregan ellos mismos como personas y se asumen de manera permanente y fiel.

Los derechos y obligaciones que se originan serían consecuencia de esa «alianza», pero no objeto de un «contrato matrimonial». «Asumirse» los dos esposos de verdad en una alianza matrimonial, es «asumir» el futuro de ese compromiso, el futuro de los dos con todas sus consecuencias previsibles e imprevisibles. Esto es casarse realmente y por amor.

Bien sabemos que el derecho está plagado de muchas leyes que no son verdaderas ni justas. ¿Que se legaliza el «matrimonio» entre personas del mismo sexo? No sucede nada. ¿Que se legaliza el «matrimonio» con divorcio rápido»? Tampoco sucede nada. En todo caso, se les llamaría «contrato matrimonial», pero no podría llamárseles «alianza matrimonial» porque -al fín y al cabo- con el contrato las partes pueden acordar lo que sea, siempre y cuando no sea algo «ilícito».

En un «contrato matrimonial», la ley, el Estado y los contrayentes pueden decidir «lo que quieran» y llamarlo matrimonio. El ordenamiento jurídico español (¿o «desordenamiento»?) en torno al matrimonio que hoy tenemos vigente, es un sistema positivo que cree que el matrimonio es creación del derecho y del Estado y por eso éstos deciden lo que el matrimonio debe ser en cada momento, según las conveniencias políticas u otro tipo de intereses cambiantes.

En definitiva y desde una óptica estrictamente jurídica, es más apropiado llamar al matrimonio alianza y no contrato. No se trata de un simple juego de palabras, sino de describir lo que es verdaderamente el matrimonio como una relación familiar.

Además, el matrimonio entendido como alianza, es más consecuente con el diseño personal de hombre y de la mujer por ser una visión «personalista»; mientras que el matrimonio, entendido como contrato, obedece más a una visión «contractualista» o utilitarista . En la visión personalista ¿en qué consiste ese diseño personal del hombre y de la mujer? En que ontológicamente son personas y como personas tienen una dignidad intrínseca: sólo pueden ser objetos de amor y de bien, las personas sólo pueden ser amadas y no utilizadas.

Es debido en justicia que lo amado conyugalmente en el matrimonio sea la persona del otro (el cónyuge) y que se le ame como persona en tanto distinta sexualmente y, por serlo precisamente, en cuanto complementaria (varón-mujer). El amor conyugal ordenado no puede separar ese doble componente: lo personal y lo sexual.

La alianza matrimonial significa la entrega y aceptación sincera de un hombre y de una mujer que se casan para fundar una familia buscando el bien de los cónyuges, el bien de la familia y el bien común de la sociedad. De todas maneras, un verdadero matrimonio -ya sea civil o religioso- es un hecho real y posible, no es algo teórico e idealista, sino algo abrumadoramente palpable y comprobable a lo largo de la historia universal: cuántos hombres y mujeres de todas las razas, lenguas, religiones y naciones se han casado, se casan y se seguirán casando verdadera y «libremente» en una alianza de amor permanente, fiel y abierta a los hijos.

Comúnmente, la selección se hace partiendo de una necesidad básica que debe ser satisfecha por el cónyuge. La mayor parte de las parejas afirma que la base de la selección es el hecho de estar enamorados; esto dificulta el entendimiento, ya que el concepto de enamoramiento ha evadido constantemente definiciones. científicas y filosóficas a través de las edades, Es cierto que en el proceso de enamoramiento participan factores como la apariencia física, recuerdos, juicios de otras personas importantes, poder, capacidades intelectuales y afectivas etc.

Son los conceptos expresados y tácitos, concientes e inconcientes, que posee una persona con respecto a sus obligaciones conyugales y a los beneficios que espera obtener del matrimonio en general y de su esposo en particular, pero subrayando por encima de todo, el aspecto recíproco de este contrato: lo que cada cónyuge espera dar al otro y recibir de él a cambio de lo otorgado.

Los contratos abarcan todos los aspectos imaginables de la vida familiar: relaciones con los amigos, logros, poder, sexo, tiempo libre, dinero, hijos, etc. Los términos de los contratos individuales son fijados por los profundos deseos y necesidades que cada persona espera satisfacer mediante la relación marital . Estas necesidades pueden ser sanas y relistas, pero también pueden ser neuróticas y conflictivas.

Es importante tener presente que cada integrante de la pareja puede tener cierto grado de conciencia con respecto a sus propios deseos y necesidades, por lo común no advierte que sus intentos de satisfacer los requerimientos de su compañero (a) están fundados en el supuesto encubierto de que con ello satisface sus propios deseos.

Son las expectativas de cada esposo respecto a qué recibirá del matrimonio y qué está dispuesto a darle. El sistema marital por sí mismo puede modificar las metas o crear otra nuevas. INCLUYE: Un compañero que sea fiel y devoto, amante y exclusivo, que ofrezca la clase de relación interpersonal ansiada, quizá en la infancia, pero que nunca se tuvo o que se disfrutó y se perdió, alguien con quien crecer y desarrollarse.

Un sostén contra el resto del mundo. Se espera que los esposos se apoyen mutuamente en la adversidad de causas externas (pérdida de trabajo, problemas con la ley, etc) o internas (enfermedad física o mental). Una compañía que asegure la soledad. El matrimonio en sí es visto como una meta, mas que como un comienzo.

Algunas personas no piensan más allá que el día de su boda. En vez de considerar al matrimonio como un punto más dentro de una relación continua que genera constantemente nuevos objetivos, suponen que una vez que se casen , vivirán siempre felices por “arte de magia”. Ven al matrimonio como una panacea contra el caos y la lucha de la vida propia. “casándose todo será tranquilo y ordenado” Una relación que dure “hasta que la muerte nos separe”. Una relación sexual lícita y fácilmente asequible.

La creación de una familia, y la experiencia de procrear y participar en el desarrollo y crecimiento de los hijos. Una relación donde el acento está puesto en la familia, mas que en un simple compañero La inclusión de otras personas dentro de la nueva familia: padres niños, amigos y hasta animalitos. Un hogar donde refugiarse del mundo. Una posición social respetable. Suponen que confiere status, el hecho de poseer esposo o esposa.

Una unidad económica. Una unidad social: dando sentido de continuidad. Una imagen protectora que inspire deseos individuales de trabajar, construir, acumular riqueza, poder y posición social. Una cobertura respetable para los impulsos agresivos. Las características competitivas y hostiles se justifican argumentando que son para bien de la familia.

Estos parámetros se basan en las necesidades y deseos que surgen dentro del individuo. Están determinadas por factores intrapsíquicos y biológicos más que el sistema marital propiamente dicho. Son parámetros individuales son importantes, diferencian a cada uno de los cónyuges como subsistema, que, según se espera deberá satisfacer las necesidades del otro subsistema.

Se retoma la importancia de la reciprocidad “quiero tal cosa, a cambio estoy dispuesto a dar tal y tal otra”… Independencia/dependencia: Involucra a la capacidad del individuo de cuidar de si mismo y actuar por sí solo. Cada cónyuge debería responder a las preguntas: Necesita un cónyuge para completar su noción del propio yo?; Tiene la sensación de no sobrevivir sin el otro?; su idea de propio valor depende del otro?; depende del otro para fijar sus propias metas, características, ritmo y modalidad?.

Actividad / pasividad: se refiere al deseo y capacidad del individuo para emprender acción necesaria a fin de alcanzar lo que quiere. Puede ser tan activo en sus obras como en sus ideas? Si es pasivo, siente hostilidad por el cónyuge activo o viceversa?. Intimidad/distanciamiento: están relacionados con la capacidad o incapacidad de tolerar la intimidad. Su angustia aumenta con la intimidad o al descubrir ante el cónyuge sus propios sentimientos, ideas o actos.

Que defensas muestra cada esposo contra la intimidad. Que imperativa es la necesidad de espacio vital propio. Que grado de resistencia opondrá a una intrusión a dicho espacio. Uso/ abuso de poder: la relación y su necesidad influyen en la mayoría de los matrimonios. Pueden compartir el poder ambos esposos o solo existe la posibilidad de que uno de ellos lo delegue en el otro. Una vez adquirido el poder puede utilizarse en forma directa o indirecta?.

Se teme carecer del poder, llega a la paranoia si percibe que el cónyuge posee el poder y lo ejerce?. Dominio /sumisión. (continuados o alternados: si uno sube, el otro debe bajar.) ¿quien se somete, quien domina? Miedo a la soledad o al abandono. El amor al cónyuge hasta que punto está motivado por el temor a la soledad. Que efectos causan este temor sobre el funcionamiento de la relación?. Ha elegido al esposo para que permanezca a su lado o a alguien quien acresciente sus temores?

Necesidad de poseer y dominar. Necesita poseer y dominar a su cónyuge para sentirse seguro? Grado de angustia. Puede un esposo aceptar la angustia del otro, sin aceptar al mismo tiempo que se le culpe por ello? Como responde (+ o -) Mecanismos de defensa. De que modos característicos encara cada cónyuge la angustia y otros estados psíquicos perturbadores, de que manera afecta la modalidad del otro compañero?.Los mas comunes son: sometimiento, sublimación, represión, regresión, desplazamiento, proyección, intelectualización, anulación, fantasía.

Identidad sexual. Se entiende por tal, la propia individualidad en cuanto hombre, mujer (u homosexual) en mayor o menor grado especialmente, tal y como se la experimenta en la conciencia de si mismo y en la conducta. Si es hombre. ES LA VIVENCIA DEL ROL SEXUAL. Se requiere al cónyuge para sentirse hombre o mujer? Que tan agresivo o defensivo es el cónyuge al refirmar su sexo?

Características deseables en el compañero sexual: sexo personalidad, rasgos, físico, necesidad de dar y recibir amor, aptitud sexual y capacidad para el goce sexual, etc. Aceptación de uno mismo y del otro. Cada esposo es capaz de amarse así mismo tanto como al otro? En narcisismo interfiere en el amor objetivo?. Estilo cognitivo. Es la manera típica en que una persona selecciona la información que ha de tomar, la procesa y la comunica a los otros.

Con frecuencia los esposos difieren la forma de encarar y tratar los problemas, o de ver las situaciones, llegando a conclusiones muy diferentes. La diferencia de estilos cognitivos que incluye las discrepancias en la percepción sensorial y los procesos del pensamiento dan origen a muchos conflictos e infelicidad conyugales.

Focos Externos de Problemas

Muchas veces, los síntomas de estos focos parecen ser el núcleo de las desavenencias conyugales, pero en realidad son manifestaciones secundarias de áreas problemáticas sugeridas de las expectativas puestas en el matrimonio o de índole intrapsíquico.

  1. COMUNICACIÓN. Franqueza, claridad. ¿Se expresan abiertamente?
  2. ESTILO DE VIDA. Los cónyuges marchan cada uno por su lado, llevando existencias paralelas o hay similitudes que facilitan la compatibilidad?. ¿Uno es sociable y el otro solitario? ¿A uno le gusta salir y al otro permanecer en casa? ¿Son estas diferencias el reflejo de otras más fundamentales?
  3. FAMILIAS DE ORIGEN. Un cónyuge puede abrigar resentimiento hacia la familia del otro o hacia determinados miembros. Como es la pareja con respecto a la visitas familiares. El apego excesivo causa problemas. Algunos individuos intentan conservar un rol infantil, en tanto que otros asumen el rol parental con respecto a sus propios progenitores.
  4. CRIANZA DE LOS HIJOS. Quien posee la autoridad sobre los hijos, quien toma la decisión sobre educación y cuidados?
  5. RELACIONES CON LOS HIJOS. Que alianzas establecen y con que fines. Se considera que determinados hijos pertenecen mas a u progenitor que a otro?
  6. MITOS FAMILIARES. ¿Colaboran ambos esposos en el mantenimiento de dichos mitos? ¿Se afanan por presentar una imagen determinada de sí mismos, de la pareja o de la familia?
  7. DINERO. Quien lo gana y cuanto?. ¿Se controlan los gastos? ¿Quien lleva la contabilidad doméstica? ¿Se le identifica con el amor y/o el poder?
  8. VALORES. ¿Hay acuerdo general con respecto a las prioridades?
  9. SEXO. Las actitudes individuales pueden diferir en cuestiones tan fundamentales como la frecuencia, quien las inicia, objetos sexuales, etc.
  10. AMISTADES. ¿Cuales la actitud del esposo con respecto a las amistades del otro? ¿Que pretende cada cónyuge de sus amigos? ¿Comparten amistades? ¿Cuales son las reglas básicas para entablar una amistad con compañeros de trabajo o con personas del sexo opuesto? ¿Comprende cada esposo que no puede, ni debe tratar de satisfacer todas las necesidades emocionales ni recreativas del otro?
  11. ROLES. ¿Que tareas y responsabilidades es de cada uno, quien se encarga de cocinar, hacer las compras y demás quehaceres domésticos?

¿Los roles están determinados estrictamente por el sexo? , ¿son compartidos?, ¿se adaptan a las inclinaciones personales y circunstancias del momento? INTERESES. Cuando uno de los esposos se interesa por una actividad, insiste en que el otro comparta su interés?. ¿Respetan las divergencias o ven en ellas una ofensa?

Contratos distintos e incongruentes. Diferencias de origen cultural con respecto al rol de hombre y mujer. Conflictos intrapsíquicos de uno o ambos cónyuges sobre las propias necesidades y deseos. Con frecuencia un cónyuge frustra las expectativas del otro en un área determinada. Expectativas quiméricas de uno o ambos cónyuges. Expectativas basadas en fantasías.

Son tres niveles de conciencia que tiene cada cónyuge de su contrato matrimonial: Nivel 1: Puntos concientes y expresados. Nivel 2: Puntos concientes pero no expresados. Nivel 3: Puntos no concientes.

Las cláusulas de los contratos de dos cónyuges pueden ser congruentes, complementarias o conflictivas. Lo ideal es que cada contrato individual sea coherente consigo mismo y congruente o complementario, con respecto al del otro cónyuge. CONGRUENCIA: hay concordancia interna en todos los niveles. COMPLEMENTARIEDAD: es el grado en que las necesidades y aptitudes de ambos esposos se corresponden o encajan entre sí de manera eficaz.

Cuando hay congruencia, uno de los cónyuges está dispuesto (sin ambivalencia alguna) a asumir esa responsabilidad, sin que ello implique un probable problema para el otro cónyuge, que se siente competente y no se considera amenazado. Cuando hay complementeriedad negativa, un cónyuge se angustia si no toma a su cargo las cuestiones económicas y el otro si las toma; vale decir que sus respectivas necesidades se complementan neuróticamente; el matrimonio funciona bien. Cuando hay complementeriedad positiva, los dos crecen al compartir la función y vencer su propia angustia. Cuando hay conflicto, ambos quieren manejar las finanzas domésticas, convirtiendo esta área en campo de batalla de su lucha por el poder.

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