Jubilación con Contrato de Relevo para Nacidos en 1962: Requisitos y Consideraciones

26.10.2025

Es frecuente que los trabajadores quieran acogerse a la jubilación parcial, si cumplen los requisitos establecidos en la Ley General de la Seguridad Social. De ser así, la empresa deberá contratar simultáneamente a otro trabajador que sustituya al jubilado anticipadamente. En este artículo, te explicaré en detalle cómo funcionará la jubilación parcial con contrato de relevo a partir de abril de 2025, quiénes podrán acceder a ella, qué requisitos se exigirán, cómo afectará a la pensión y qué ventajas e inconvenientes conlleva.

¿Qué es el Contrato de Relevo?

El contrato de relevo existe cuando una empresa contrata a un trabajador que sustituye a otro que se jubila parcialmente. El contrato de relevo es un instrumento laboral vinculado a la jubilación parcial, que permite la incorporación de un trabajador relevista para sustituir parcialmente a quien reduce su jornada para acceder a la jubilación parcial, asegurando el relevo generacional en las empresas.

Por tanto, ante una situación así habrá dos trabajadores vinculados a la empresa:

  • El trabajador relevado o sustituido: es el trabajador de la empresa que quiere jubilarse parcialmente, aunque seguirá trabajando a tiempo parcial.
  • El trabajador relevista o sustituto: es el nuevo trabajador que sustituye al relevado en la jornada de trabajo que deja vacante.

En definitiva, la empresa deberá formalizar dos contratos laborales:

  • Un contrato a tiempo parcial con el trabajador relevado, en el que se acuerda entre este y la empresa la reducción de jornada y salario. El contrato a tiempo parcial es una modalidad laboral que implica la prestación de servicios durante un número de horas inferior al establecido para la jornada ordinaria de un trabajador a tiempo completo comparable, ya sea diaria, semanal, mensual o anual.
  • Un contrato de relevo con el trabajador relevista.

¿Cuándo se produce el contrato de relevo?

Para que exista el contrato de relevo es preciso que el trabajador de una empresa acceda a la jubilación parcial. Durante la jubilación parcial, el trabajador jubilado parcialmente reduce su jornada laboral, su sueldo y cobra pensión de jubilación en el porcentaje que corresponda.

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Requisitos para acceder a la jubilación parcial

Los requisitos para que un trabajador pueda acceder a la jubilación parcial son los siguientes:

  • Estar contratado a jornada completa.
  • Haber cotizado como mínimo 33 años a la Seguridad Social.
  • Haber trabajado los últimos 6 años en la empresa que le concederá la jubilación parcial.
  • Haber cumplido la edad mínima de acceso a la jubilación parcial. En términos generales, a partir de cumplir 60 años.

¿Qué trabajadores pueden acceder al contrato de relevo?

Cuando un trabajador accede a la jubilación parcial, su empresa deberá contratar simultáneamente a otro trabajador para sustituirlo.

Ahora bien, la empresa no podrá contratar a cualquier persona para sustituir al trabajador jubilado parcialmente. La finalidad del contrato de relevo es el fomento del empleo, por ello, según el Estatuto de los Trabajadores, la empresa solo podrá contratar un trabajador que se encuentre en situación de desempleo, o bien, un trabajador que tenga con la empresa un contrato de duración determinada.

Duración del Contrato de Relevo

Vamos a distinguir según el trabajador decida jubilarse parcialmente, antes o después de llegar a la edad ordinaria de jubilación. Se puede acceder a la jubilación parcial antes o después de cumplir la edad de jubilación ordinaria, que para 2025 se fija en 66 años y 8 meses.

Jubilación parcial antes de cumplir la edad ordinaria de jubilación

La duración del contrato de relevo podrá ser indefinida o parcial. Como mínimo, la duración será igual al tiempo que falte para que el jubilado parcialmente alcance la edad ordinaria de jubilación.

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La edad ordinaria de jubilación se fija para 2025 en 66 años y 8 meses para personas con menos de 38 años y 3 meses cotizados, y de 65 años para los que cuenten con más. Llegada la edad ordinaria de jubilación pueden darse dos supuestos:

1) Que el trabajador jubilado parcialmente continúe trabajando después de cumplir la edad ordinaria de jubilación

Si el contrato de relevo es de duración determinada se podrá prorrogar por acuerdo de las partes. La prórroga se hará por periodos anuales hasta que el trabajador relevado se jubile definitivamente, momento en que se extinguirá.

2) Que el trabajador jubilado parcialmente decida jubilarse al llegar a la edad ordinaria de jubilación

Si el contrato de relevo es de duración determinada, igual al tiempo que falte al trabajador relevado para la edad de jubilación ordinaria, el contrato se extingue.

Si el contrato de relevo es de duración indefinida y a jornada completa, y el trabajador relevado decide jubilarse a la edad ordinaria de jubilación, la empresa deberá mantener el contrato de relevo 2 años más.

Jubilación parcial después de cumplir la edad ordinaria de jubilación

Es posible compatibilizar la pensión de jubilación con el trabajo por cuenta propia o ajena. Por tanto, se permite al trabajador en edad de jubilación ordinaria acceder a la jubilación parcial aunque siga trabajando en la empresa a tiempo parcial.

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La duración del contrato de relevo podrá ser indefinida o anual. Si es anual, el contrato de relevo se prorrogará automáticamente por periodos anuales hasta que el trabajador relevado se jubile definitivamente.

Peculiaridades del Contrato de Relevo

  • Se formalizará por escrito y en el modelo oficial.
  • Podrá ser a jornada completa o a tiempo parcial, como mínimo igual a la reducción de jornada del trabajador relevado.
  • El trabajador relevista podrá desempeñar el mismo puesto de trabajo que el trabajador relevado u otro del mismo grupo o categoría profesional.
  • El horario de trabajo del relevista podrá completar la jornada reducida del relevado o tener horarios simultáneos.

Jubilación con Contrato de Relevo a partir de 2025

La reforma de las pensiones de 2023 incluyó un pronunciamiento sobre la jubilación parcial. La normativa que regula la jubilación parcial con contrato de relevo a partir de 2025 entra en vigor el 1 de enero de 2025.

Edad Mínima

Desde 2025, la edad mínima para acceder a la jubilación parcial se incrementa progresivamente y dependerá de los años cotizados. En 2025, la edad mínima para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo será de 62 años y 8 meses para aquellos que hayan cotizado 36 años y 3 meses o más.

Reducción de Jornada

El porcentaje de reducción de jornada, en la jubilación parcial con contrato de relevo, puede ser de entre el 25% y el 50%, aunque puede reducirse hasta un 75% si el contrato del relevista es a jornada completa y de carácter indefinido.

Relevista

El relevista debe estar en situación de desempleo, o tener un contrato de duración determinada con la empresa.

Tabla de Edad de Jubilación según Año de Nacimiento

Con el actual sistema de las pensiones, esta sería de tabla de edad de jubilación según el año de nacimiento del nuevo pensionista:

Año de Nacimiento Año de Jubilación (con 38 años y 6 meses o más de cotizaciones) Año de Jubilación (con menos de 38 años y 6 meses de cotizaciones)
1960 2025 2027
1961 2026 2028
1962 2027 2029
1963 2028 2030

Nacidos en 1962

Para los nacidos en 1962, la jubilación sería en 2027 (con 38 años y seis meses o más de cotizaciones) o 2029 (con menos de 38 años y seis meses de cotizaciones).

Ventajas y Desventajas de la Jubilación Parcial con Contrato de Relevo

  • Ventajas:
    • Permite una transición progresiva a la jubilación, evitando el cambio brusco de ingresos y rutina.
    • Favorece la contratación de nuevos trabajadores, promoviendo el relevo generacional en las empresas.
    • Se mantiene una cotización a la Seguridad Social sobre la base completa, lo que puede mejorar el cálculo final de la pensión.
  • Desventajas:
    • Exige cumplir requisitos más estrictos en cuanto a edad, cotización y antigüedad en la empresa.
    • La empresa está obligada a realizar un contrato de relevo indefinido, lo que puede dificultar su aplicación.

Aspectos Adicionales

  • El trabajador debe presentar la solicitud con varios meses de antelación ante la Seguridad Social, para asegurarse de que cumple los requisitos y que la empresa pueda formalizar el contrato de relevo.
  • Durante la jubilación parcial, el trabajador cobra una parte de su pensión proporcional a la jornada laboral que deja de trabajar.
  • Si la empresa no contrata a un trabajador relevista, el empleado no podrá acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo.
  • La ley establece que el trabajador relevista debe permanecer en la empresa al menos dos años después de que el trabajador que se jubila parcialmente pase a la jubilación total.
  • El trabajador puede seguir trabajando con jornada reducida hasta que alcance la edad de jubilación ordinaria.

Con estos cambios, es fundamental asesorarse adecuadamente antes de tomar una decisión.

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