Prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor: Guía Completa
La prestación por nacimiento y cuidado de menor, anteriormente conocida como baja por maternidad, es el derecho que dispone una trabajadora en caso de dar a luz a su hijo o hija, adopción, acogimiento o tutela. Es decir, en caso de convertirse en madre.
Marco Legal y Evolución
Cabe destacar que el permiso por nacimiento y cuidado de menor está regulado por el Artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores y, desde el año 1965, las trabajadoras disfrutan de este permiso, antes conocido como permiso por maternidad. Es importante recalcar que desde el 1 de abril de 2019, las prestaciones por maternidad y paternidad se unificaron en una única prestación denominada nacimiento y cuidado de menor. Recuerda también que desde el año 2021, las anteriormente conocidas como baja por paternidad y baja por maternidad están equiparadas y se engloban dentro del denominado permiso por nacimiento y cuidado de menor.
Duración y Condiciones
Por norma general, la baja por maternidad se aplica desde el día del parto o desde el inicio del descanso pactado con anterioridad. La duración de una baja por maternidad en España es de 16 semanas ininterrumpidas, de las que encontramos 6 semanas obligatorias posteriores al parto, que tendrán que ser disfrutadas en ese momento (ocurre en la baja por maternidad y paternidad). En caso de ser madre biológica, la trabajadora puede contar con un descanso de maternidad con una antelación de 4 semanas previas al parto. De nuevo, de acuerdo al artículo 45.1 d) del Estatuto de los Trabajadores, en los supuestos de adopción, la madre adoptante, guardadora o acogedora tendrá derecho a disfrutar de las 16 semanas de permiso, siendo 6 de ellas de carácter obligatorio. Estas se contarán a partir de la resolución judicial con la que queda constituida la adopción o la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento. Cabe señalar que si la adopción es internacional, el permiso se disfruta en el momento en que los progenitores necesiten trasladarse al país de origen del bebé adoptado.
Requisitos para Disfrutar de la Baja por Maternidad
En este sentido, la trabajadora deberá cumplir una serie de requisitos como estar dada de alta en la Seguridad Social o haber cotizado un mínimo.
- Entre 21 y 26 años: En este grupo, se les pide un mínimo de 90 días cotizados dentro de los 7 años anteriores al momento del inicio del descanso.
¿Qué ocurre si no cumples los requisitos?
Como decíamos, sí que encontramos las primeras 6 semanas que son de disfrute obligatorio. Pero las 10 restantes no tienen por qué cogerse de seguido. Ocurre cuando el trabajo de la mujer embarazada pone en riesgo la salud de su bebé. Es decir, no es que se encuentre imposibilitada, sino que su trabajo es perjudicial para su embarazo. Es una baja por enfermedad común. Este permiso se puede aplicar hasta que el menor cumpla los 9 meses.
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Remuneración durante la Baja por Maternidad
La prestación por nacimiento y cuidado de menor, o baja por maternidad, en 2024 es remunerada con el 100% de la base de contingencias comunes reflejadas en la anterior nómina. No obstante, existe un límite: 4495,50 euros.
La base reguladora se determina en función de la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al inicio de la baja. Por ejemplo, si una trabajadora percibe un salario mensual de 1.500 euros y cotiza 180 euros por contingencias comunes, su base reguladora será de 50 euros al día (180/30 x 30). En este caso, aunque durante la incapacidad temporal se cobra el 60% o el 75% de la base reguladora, al iniciar la baja por maternidad, se vuelve a cobrar el 100% de la base reguladora. Esto significa que el importe no se ve reducido.
Si no cumples con los requisitos de cotización, podrías tener derecho a un subsidio por maternidad equivalente al 100% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) durante 42 días naturales.
Ejemplo de Cálculo de la Nómina Durante la Baja por Maternidad
Calcular una nómina con baja por enfermedad puede resultar complejo. Es fundamental poner el ojo en el detalle para ahorrarnos el disgusto.
Ejemplo: Trabajadora del grupo 7 de cotización a la Seguridad Social inicia período de descanso por maternidad con fecha 12 de Junio. Base cotización contingencias comunes = Base cotización contingencias profesionales en el mes de Mayo = 1.400,00 Eur. Su salario mensual es de 1.200,00 Eur. con 2 pagas extras de la mencionada cuantía.
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Solución:
BASE DE COTIZACIÓN POR CONTINGENCIAS COMUNES - Base de cotización por el período de descanso.
Base diaria = 1.400,0030 = 46,67 Eur.
El período de descanso por maternidad (12/06 al 30/06), contados 30 - los días que realmente ha trabajado en el mes (11), sería de 19 días (hemos de tener en cuenta que se contabilizan como baja el día de baja y el día de alta): 46,67 * 19 días = 886,73 Eur.
- Base de cotización por los días trabajados (1/06 al 11/06).
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Salario base = 1.200,0030 = 40,00 Eur./día
Prorrata pagas extras = 1.200 * 2360 = 6,67 Eur./día
Base = 46,67 Eur. (40,00 + 6,67) * 11 días = 513,37 Eur.
- Base de cotización del mes de JUNIO.
| Días de descanso por maternidad | 886,73 Eur |
|---|---|
| Resto de días | + 513,37 Eur |
| Total Eur | 1.400,10 Eur |
La base de cotización resultante: 1.400,10 Eur. está comprendida entre la base mínima (1.381,20 Eur.) y máxima (4.909,50) de su grupo de cotización.
Trámites para Solicitar la Prestación por Maternidad
La madre es la responsable de notificar a la empresa su embarazo, así como su intención de solicitar la baja por maternidad. La solicitud de la prestación por maternidad se puede realizar a partir del día del parto o hasta cuatro semanas antes, si así se prefiere. Para ello, es necesario presentar una serie de documentos en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a través de su plataforma electrónica.
Una vez presentada la solicitud, el INSS dispone de un plazo de 30 días para resolverla y notificarla a la interesada. Si la resolución es favorable, el pago se realizará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la solicitante.
Reclamaciones y Demandas Judiciales
En caso de que la trabajadora considere que la prestación recibida es inferior a la correspondiente o si se detecta algún error en el cálculo o en el pago, es posible presentar una reclamación previa ante el INSS en un plazo de 30 días a partir de la notificación de la resolución. Si el INSS desestima la reclamación previa o no responde en un plazo de 45 días, la trabajadora podrá presentar una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social correspondiente en un plazo de 30 días a partir de la notificación de la desestimación o desde la expiración del plazo para resolver. En este caso, será necesario contar con el asesoramiento y la representación de un abogado laboralista especializado en este tipo de casos.
Preguntas Frecuentes
- ¿Quién paga la prestación por maternidad? La prestación por maternidad la paga directamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Generalmente, el pago se realiza a final de mes o en los primeros días del mes siguiente.
- ¿Qué ocurre si estoy cobrando el paro y doy a luz? En caso de estar cobrando el paro y dar a luz, la prestación por desempleo se suspende temporalmente mientras dure la baja por maternidad.
- ¿Las pagas extras están incluidas en la base reguladora? No, las pagas extras ya están incluidas en la base reguladora.
- ¿La prestación por maternidad está exenta de IRPF? Sí, según una sentencia del Tribunal Supremo, las prestaciones por maternidad están exentas del IRPF. Esto significa que no se retendrán impuestos sobre este ingreso.
- ¿Qué pasa si mi contrato finaliza durante la baja por maternidad? Si el contrato finaliza durante la baja por maternidad, la prestación se sigue cobrando hasta el final del periodo establecido. Una vez finalizado, podrías pasar a situación de desempleo, siempre que cumplas con los requisitos para ello.
- ¿Se puede compartir la prestación por maternidad con el otro progenitor? Sí, la prestación por maternidad puede ser compartida con el otro progenitor. Ambos pueden repartir el tiempo de baja dentro de las 16 semanas disponibles, siempre que cada uno disfrute de al menos 6 semanas ininterrumpidas tras el nacimiento del bebé.
- ¿Puedo trabajar durante la baja por maternidad? No, durante la baja por maternidad no puedes realizar actividades laborales, ya que el objetivo de la prestación es permitirte dedicarte exclusivamente al cuidado del menor.
- ¿Cómo se calcula la prestación en un empleo a tiempo parcial? En el caso de tener un empleo a tiempo parcial, la prestación por maternidad se calcula proporcionalmente en función de la base reguladora correspondiente a tu jornada laboral.
Actualizaciones Legislativas
On 07/03/2019, Royal Decree-Law 6/2019, of 1 March, on urgent measures to guarantee equal treatment and opportunities between men and women in employment and occupation, was published. This Royal Decree-Law includes amendments to the Workers’ Statute (ET) and the Basic Statute of Public Employees (EBEP), as well as to the General Law of Social Security, for equal rights for workers. From 01/04/2019, maternity and paternity benefits have been unified into a single benefit known as BIRTH AND CHILD CARE.
On 30 July 2025, Royal Decree-Law 9/2025 of 29 July was published, extending birth and care leave by amending the consolidated text of the Workers' Statute Law, approved by Royal Legislative Decree 2/2015 of 23 October, the revised text of the Basic Public Employee Statute Law, approved by Royal Legislative Decree 5/2015, of 30 October, and the revised text of the General Social Security Law, approved by Royal Legislative Decree 8/2015, of 30 October, to complete the transposition of Directive (EU) 2019/1158 of the European Parliament and of the Council of 20 June 2019 on the reconciliation of family and professional life for parents and carers, and repealing Council Directive 2010/18/EU. By virtue of this royal decree-law, which came into force on 31/07/2025, the duration of the suspension of the work contract and leave for childbirth and childcare is increased, as well as the subjective scope of the non-contributory childbirth and childcare allowance.
Ámbito de Aplicación del ET:
- Children under 6 years of age or children over 6 years of age with disabilities or who, due to their personal circumstances and experiences or because they come from abroad, have special difficulties of social and family integration duly accredited by the competent social services.
- No minimum contribution period is required.
- From the delivery date or from the date on which the leave began, if prior.
Ámbito de Aplicación del ET:
The biological mother can bring forward the leave up to 4 weeks before the expected date of birth, which will be established in the maternity report of the Public Health Service. For part-time and permanent-discontinuous workers, the regulatory base is the result of dividing the sum of the base rates for the twelve calendar months immediately preceding the month prior to the month in which the qualifying event occurred (or by the number of calendar days to which these contributions correspond, if the period is less than twelve months) by 365 days.
For workers in the Social Security Special Scheme for Self-Employed Workers, the financial benefit for the birth and care of a child shall consist of an allowance equivalent to 100 percent of a base rate, the daily amount of which shall be the result of dividing by one hundred and eighty the sum of the contribution bases credited to this special scheme during the six months immediately prior to the month before the month in which the qualifying event occurred.
Causas de Extinción:
- Due to completion of the maximum duration of the leave periods.
- For the voluntary return to work of the person receiving the benefit prior to the end of the period requested. Voluntary and premature return to work entails the termination of the right to the benefit, not only of the benefit being received at that moment, but also of the benefit that remains (or has yet to be received). Return to work shall not be possible until six uninterrupted weeks have elapsed following childbirth, the judicial decision establishing the adoption or the administrative decision on guardianship for the purpose of adoption or foster care.
- In the event of the death of the beneficiary, without prejudice to the other parent, adoptive parent, guardian or foster carer being able to make use of all or, as the case may be, the remaining part of the leave.
These can be accessed at the e-office service Online notifications.
Caso Especial:
The duration of the benefit shall be that which corresponds to the period of compulsory leave, which must be taken on a full-time, compulsory and uninterrupted basis immediately after the birth, the court decision establishing the adoption or the administrative decision on guardianship for the purpose of adoption or foster care.