Reclamar Paternidad para Jubilados: Requisitos y Proceso
En España, el complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones. Este complemento permite aumentar la cuantía de la pensión y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva. Sin embargo, solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con la posibilidad de reclamación judicial si se deniega.
¿Qué es el Complemento de Paternidad?
El complemento de paternidad para jubilados, o para beneficiarios de otras pensiones contributivas, es un plus que pueden cobrar los padres por tener hijos, naturales o adoptados. Este complemento tiene su origen en el complemento por maternidad que, en 2015, tenía la finalidad de complementar las pensiones contributivas de viudedad, jubilación e incapacidad permanente.
Originariamente, los beneficiarios de este complemento eran sólo las mujeres que hubieran tenido hijos biológicos o adoptados, por su aportación demográfica a la Seguridad Social. En 2019, y tras la lucha de un hombre que se encargó del cuidado de hijos, el Tribunal de Justicia Europea terminó declarando que este mismo complemento debería ser también para los padres, al declararlo como algo discriminatorio hasta esa fecha.
Hasta hace pocos años, este complemento solo se otorgaba a mujeres. Pero en 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que esa exclusión era discriminatoria. El objetivo inicial del complemento era compensar el impacto negativo que la maternidad podía tener en la vida laboral de las mujeres.
Evolución del Complemento
- Complemento de maternidad: Inicialmente, este complemento fue concebido solo para madres con dos o más hijos al acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- Complemento de paternidad: Tras varias sentencias judiciales, especialmente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en 2019 se demostró discriminatorio excluir del complemento de maternidad a los hombres, por lo que los padres pueden reclamarlo de forma retroactiva si cumplen los requisitos.
- Complemento para la reducción de la brecha de género: En febrero de 2021, el complemento evolucionó y pasó a denominarse complemento para la reducción de la brecha de género, pudiendo ser solicitado por cualquier progenitor que cumpla los requisitos.
¿Quién Puede Reclamar el Complemento de Paternidad?
Los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen. Si eres padre de dos o más hijos y te jubilaste entre 2016 y 2021, podrías estar dejando de cobrar una parte importante de tu pensión. En consecuencia, los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen.
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Si te jubilaste entre 2016 y 2021 y cumples con los requisitos, puedes reclamarlo aunque ya estés cobrando tu pensión.
Requisitos para Reclamar
Para reclamar el complemento de paternidad, es imprescindible:
- Ser padre de dos hijos o más (naturales o adoptados).
- Que la pensión afectada se haya obtenido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
Todo ello con la ventaja de que el complemento de paternidad no requiere acreditar una falta de cotización a causa del cuidado de los hijos, como sí recoge la regulación del complemento para la reducción de la brecha de género (en el caso de los hombres).
Quienes no cumplan estos requisitos podrían cobrar otro: el complemento para la reducción de la brecha de género, si en su momento no lo solicitaron con su pensión. En ese sentido, para jubilaciones causadas a partir del 4 de febrero de 2021 (inclusive), el complemento que pueden pedir los padres es el de brecha de género.
Complemento para la Reducción de la Brecha de Género
El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica por un complemento dirigido a la reducción de la brecha de género, con el que inicialmente se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones.
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Sin embargo, la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 15 de mayo de 2025, asuntos acumulados C-623 [Melbán] y C-626/23 [Sergamo], ha declarado que el artículo 60 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, se debe aplicar a los hombres en los mismos términos previstos para las mujeres.
En aquellos casos en los que el hecho causante de la pensión del progenitor varón se hubiera producido con anterioridad al 15 de mayo de 2025, el reconocimiento del complemento -en virtud de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea- retrotraerá sus efectos económicos hasta la fecha de efectos económicos de la pensión a la que complementa.
Requisitos Adicionales para el Complemento de Brecha de Género
Para acceder al complemento de brecha de género, es necesario:
- Acreditar, en el caso de los hombres, que la trayectoria profesional se ha visto afectada negativamente por el cuidado de los hijos.
- Teniendo hijos nacidos antes del 1 de enero de 1995 (hasta el 31 de diciembre de 1994), es necesario demostrar más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores a la fecha de alumbramiento y los tres años siguientes.
¿Cuánto se Puede Recuperar?
El complemento supone un incremento del 5%, 10% o 15% en la pensión, dependiendo del número de hijos (2, 3 o más). Se trata de un plus que se añade a las pensiones contributivas con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos. Este complemento consistía en añadir un porcentaje a la pensión (un 5 % por 2 hijos; un 10 %, por 3 hijos; un 15 %, por 4 hijos).
La cuantía del complemento se fijará en la correspondiente ley de presupuestos generales del Estado de cada año. En el año 2025, el importe es de 35,90 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. Desde la fecha de efectos económicos de la pensión contributiva de Seguridad Social que determina el derecho al complemento.
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Ejemplo Práctico
Veamos un supuesto representativo de un caso típico de un hombre jubilado que desea acceder a la recuperación de las cantidades atrasadas como también al aumento significativo de su pensión mensual. A un padre con 3 hijos, el 26/07/2018 el INSS le reconoció una prestación contributiva de jubilación del 100 % sobre una Base Reguladora mensual de 2.173,24 €, en 14 pagas anuales.
Proceso Legal para Solicitar el Complemento
No. En la mayoría de los casos es necesario presentar una solicitud formal. La solicitud debe hacerse al INSS, normalmente por escrito, ya que no existe un modelo oficial. Como ya se ha indicado, no existe un modelo oficial específico para solicitar el complemento de paternidad con carácter retroactivo (pensiones entre 2016 y 2021).
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para cobrar el complemento de paternidad, se puede proceder a reclamarlo al INSS. No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible. La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
En un primer momento, no es necesario que acudamos a los tribunales para poder reclamar el complemento de paternidad, sino que existe una fase previa que es administrativa, ante el Instituto de la Seguridad Social.
Documentación Necesaria
Para realizar la solicitud, es importante contar con la siguiente documentación:
- DNI
- Resolución de la pensión del INSS
- Libro de familia o documentación acreditativa de los hijos
- Cualquier documento adicional que acredite la fecha de jubilación y el número de hijos
¿Qué hacer si la Solicitud es Denegada?
Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo. Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.
Si el INSS rechaza la solicitud, es posible presentar una demanda judicial. Aunque algunos casos se resuelven en la vía administrativa, la mayoría requiere acudir a los tribunales. En caso de que la resolución no sea favorable, se puede reclamar de nuevo ante el INSS o presentar una demanda en el juzgado.
Plazos
No hay un plazo fijo, pero cuanto antes se reclame, mejor. En el caso de la reclamación, la Seguridad Social tiene la obligación de responder en un plazo de 45 días. Vía administrativa entre 3 y 6 meses, si hay que ir a juicio puede ser entre 12 y 14 meses.
Incompatibilidades
El percibo del complemento es incompatible con la percepción de este complemento por el otro progenitor, por los mismos hijos o hijas. Volviendo al complemento de paternidad para jubilados y otros pensionistas, este no es compatible con la jubilación anticipada voluntaria. Por el contrario, el antes mencionado complemento de brecha de género sí se puede percibir en una situación de jubilación anticipada voluntaria.
Tabla Resumen de Complementos
| Complemento | Beneficiarios Originales | Requisitos Principales | Compatible con Jubilación Anticipada Voluntaria |
|---|---|---|---|
| Maternidad (2016-2021) | Madres | Dos o más hijos | No |
| Paternidad (Retroactivo) | Padres | Dos o más hijos, Jubilación entre 2016 y 2021 | No |
| Brecha de Género (Desde 2021) | Ambos Progenitores | Acreditación de perjuicio en la carrera laboral por cuidado de hijos | Sí |
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