El Derecho al Aborto: Una Perspectiva de Género y Derechos Humanos

20.12.2025

El debate sobre el aborto es un tema complejo que abarca aspectos filosóficos, políticos, jurídicos y morales. Reducirlo al ámbito de los derechos reproductivos de la mujer implica analizar quién debe decidir sobre el futuro de un embrión alojado en su cuerpo.

La IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, celebrada en Pekín en 1995, ratificó que los derechos de las mujeres son derechos humanos, reconociendo este estatuto a los derechos sexuales y reproductivos.

Durante las primeras 14 semanas de gestación, las mujeres podemos acceder al aborto por decisión propia y sin tener que dar explicaciones ni necesitar la autorización de ninguna otra persona. De la semana 14 y hasta la semana 22 de gestación, las mujeres podremos acceder al aborto legal y gratuito a través de la red sanitaria y necesitamos un informe que certifique situaciones de peligro para nuestra salud o malformaciones fetales.

El Derecho al Aborto y la Constitución Española

Cada vez que una mujer embarazada decide que no quiere seguir adelante con su embarazo, puede hacer valer siempre al menos cuatro artículos de la Constitución Española que la amparan y que prevalecen en todos los casos sobre la obligación del Estado de proteger jurídicamente al embrión:

  • Art. 10: derecho al libre desarrollo de la personalidad.
  • Art. 15: derecho a la integridad física y moral.
  • Art. 16: derecho a la libertad de ideas y creencias.

La Sentencia del Tribunal Constitucional del 85 estableció con claridad meridiana que el conflicto jurídico que se genera cuando una mujer queda encinta y quiere abortar no es un conflicto entre dos personas, sino entre una persona (una ciudadana española) y un proyecto de persona. Los embriones no son personas, por lo tanto no son titulares de derechos, por lo que el Estado ni puede ni debe arrogarse la defensa constitucional de los mismos.

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La ley del aborto deja muy claro que es un derecho exclusivo de la mujer. La mujer puede decidir si seguir con un embarazo o no sin la opinión de ellos. Pues mientras tú, Pepe, Antonio o Manolo podrás trabajar sin problemas, ver la tele y hacer deporte, hay mujeres a las que un embarazo afecta su estado de salud físico y mental, incluso siendo un riesgo para su vida o limitándola. Es decir, ellas deciden porque es su salud la que está en juego, no la tuya.

La Perspectiva de los Hombres y el Debate sobre la Paternidad

El partido ultra Vox se opone también a que las mujeres puedan decidir si abortan por sí solas, sin contar con la opinión del hombre. En su escrito, Vox asegura que tanto la ley vigente, de 2010, como el nuevo proyecto, “con su pretendida defensa de la libertad de decisión de la mujer, ignoran absolutamente la figura del padre, a quien no le reconocen ninguna intervención en la decisión que puede suponer la muerte de su hijo no nacido [sic]”.

En realidad, todo el escrito rezuma la intención de prohibir el aborto en cualquier supuesto ya que, alega, “el derecho a la vida es el más sagrado de los derechos” y Vox la defiende “desde la concepción [es decir, desde que se forma el cigoto] hasta la extinción natural”, por lo que también se opone a la eutanasia, basándose en un supuesto “derecho natural” y en la “sacralidad de la vida humana”.

Ester Farnós, profesora de derecho civil en la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, explica que en España, «una vez la mujer decide seguir adelante y si se determina la filiación, el hombre está obligado a asumir las obligaciones legales, incluidas las económicas. Lo que prevalece en nuestro país, biologista y binario en materia de filiación, es la verdad biológica: el padre asume la filiación con todas las consecuencias, aunque no quiera».

Pablo de Lora, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, señala que «así como las mujeres tienen absoluto dominio sobre esas relaciones para no crearlas, porque si se quedan embarazadas pueden abortar, los hombres que han inseminado a esas mujeres, por la vía natural o por la vía artificial, sin que eso suponga obligar a abortar a la mujer u obligarla a tener eso hijo cuando no quiere, sí deberíamos tener algún espacio para evadirnos o no vernos abocados a la relación paterno-filial no deseada».

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El "Aborto Financiero": ¿Un Derecho para los Hombres?

En este punto, aparece el concepto de «aborto financiero», que consistiría en el derecho del hombre a renunciar a la patria potestad del hijo ya engendrado una vez la mujer ha decidido llevar a término el embarazo cuando no es esta la voluntad del varón, estando de acuerdo, por supuesto, en que este no puede obligar a la mujer a abortar, ni tampoco, por lo tanto, a ser madre.

Paula Fraga, tiene clara su opinión: «En nuestro ordenamiento jurídico no está contemplado este tipo de aborto, no hay lugar a esa práctica en España. La madre es la que decide sobre la continuación y término del embarazo porque es ella la que gesta, la que asume los riesgos físicos y psicológicos del embarazo, así que es un derecho de las mujeres. El padre no tiene ese derecho: una vez nace el ser humano, la patria potestad es irrenunciable. Tienen que hacerse cargo de los derechos y obligaciones que comporta tanto el padre como la madre».

De Lora explica, «Que se ponga sobre la mesa la igualdad en derechos reproductivos que supondría el derecho de los hombres a la renuncia a la obligación paterno-filial, no implica, por eso se llama aborto financiero, que el padre tenga la potestad de obligar a una mujer a reproducirse o a abortar en contra de su voluntad. Eso no está en discusión.

El Aborto como Derecho Humano y la Salud Pública

El acceso al aborto seguro está esencialmente ligado a la protección y respeto de los derechos de las mujeres y las niñas y de todas las personas que pueden quedarse embarazadas. Los derechos sexuales y reproductivos y la capacidad de las mujeres para controlar su fertilidad y reproducción, también mediante el acceso al aborto, son fundamentales para la realización plena de los demás derechos humanos.

Cuando la Organización Mundial de la Salud promueve la práctica de abortos seguros, está hablando no solo de la disponibilidad de los servicios para practicarlos, sino también de la forma en que se ofrecen esos servicios, de la confidencialidad y la privacidad en la toma de decisiones de las mujeres.

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Sí, cuando se criminaliza el aborto se puede vulnerar el derecho a la vida de la mujer embarazada. Porque con la prohibición no desaparecen los abortos, sino que se obliga a las mujeres a acudir a métodos inseguros, clandestinos y sin garantías sanitarias. Según la Organización Mundial de la Salud, cada año en el mundo se producen 33 millones de abortos peligrosos.

En España la ley reconoce el derecho al aborto y, sin embargo, las mujeres que deciden abortar tienen muy difícil acceder a los servicios públicos de salud. Más del 80% de los abortos legales se realizan en clínicas privadas concertadas, bajo la supuesta causa de la objeción de conciencia del personal sanitario de los hospitales públicos.

Desigualdad Económica y Social en el Acceso al Aborto

Está demostrado que son las mujeres con menos recursos y más vulnerables las que se someten a abortos clandestinos, arriesgando incluso su vida y su libertad en los países donde el aborto está prohibido o castigado por el código penal. La Organización Mundial de la Salud calcula que todos los años tienen lugar 33 millones de abortos inseguros, la gran mayoría de ellos en países en vías de desarrollo.

Las personas que sufren pobreza, marginación social y discriminación de género, se ven afectadas de manera desproporcionada cuando la legislación prohíbe el aborto, pues no tienen medios para recurrir a servicios legales de aborto. Entre ellas están las mujeres y las niñas con bajos ingresos, las refugiadas y migrantes, las adolescentes, las lesbianas, las personas transgénero y las mujeres pertenecientes a minorías étnicas.

Mortalidad Materna por Aborto Peligroso
Región Defunciones por cada 100.000 abortos peligrosos
Regiones Desarrolladas 30
Regiones en Desarrollo 220

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