Disputa Legal por la Herencia de Ángel Luengo: Un Legado en Juego
La herencia del empresario Ángel Luengo (Grupo Samca) ha desatado una batalla legal entre sus familiares, generando un nuevo capítulo en la saga de esta importante empresa aragonesa. Tras el fallecimiento de Ángel Luengo en agosto de 2021 en Zaragoza a los 92 años y el de su esposa Aurora Sanz en abril de 2023 a los 94, la distribución de su vasto patrimonio se ha convertido en un tema de controversia.
La herencia en discusión se refiere principalmente a las acciones de la empresa SAMCA, el segundo mayor grupo industrial de capital aragonés. Saica, Pikolín, Jorge, Grupo Costa... Aragón es tierra de grandes corporaciones propiedad de grandes familias, cuya historia ha marcado el desarrollo económico de la región tanto en este siglo como en el anterior.
El Pacto Sucesorio y la Demanda de Nulidad
Dos de los hijos, Ángel y Javier, y una nieta, Caroline, presentaron una demanda para anular el pacto sucesorio firmado en 2010, argumentando que este iba en contra de la voluntad de Aurora Sanz y la sustituía por la de Ángel Luengo. La parte demandante, en junio de 2022, presentó una demanda para anular el pacto al considerar que iba contra la voluntad de Aurora Sanz y la sustituía por la de Ángel Luengo. Tramitada en el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza, en septiembre se celebró una vista previa, sin que las partes alcanzaran un acuerdo, lo que ha desembocado en el juicio celebrado ahora, entre el 24 y el 27 de junio.
El recurso recoge las incorrecciones y omisiones de la sentencia en el análisis del contrato sucesorio, que se firmó el 12 de noviembre de 2010, cuando tanto Ángel Luengo como Aurora Sanz tenían 82 años. Según la parte demandante, lo recogido en este contrato sucesorio no era la voluntad de su madre y abuela. Además, el recurso también alude a la "indebida" desestimación de las múltiples causas de nulidad deducidas en la demanda.
En este sentido, se incide en que la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia no analiza la principal causa de nulidad invocada en la demanda. De este modo, se apunta a la vulneración de orden público constitucional de derechos fundamentales de Aurora Sanz, madre de los dos primeros demandantes, ya que el contrato sucesorio, y otros instrumentos de los que también se solicita la nulidad, tuvieron por fin y efecto privarla de su libertad para tomar decisiones, de su autonomía de la voluntad, incapacitándola "de facto" y, en consecuencia, recortando la capacidad de obrar de una persona.
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No obstante, estos principios y derechos básicos de Aurora Sanz no solo se vulneran por el hecho de que Ángel Luengo, padre de los dos primeros demandantes, es quien decide en dicho contrato la ordenación de la sucesión de su mujer, sino que el contrato contiene además unas previsiones para el caso de premoriencia de Ángel Luengo, cuya finalidad y efecto es privarla de la capacidad de gestionar y disponer de su patrimonio durante el resto de su vida, quedando a merced de dos nietos y de tres directivos de SAMCA, que toman las decisiones por ella.
También se impugna por la existencia de un vicio de consentimiento de Aurora, cuya voluntad no fue prestada libremente, sino captada con dolo, para firmar un contrato complejísimo, de redacción deliberadamente alambicada con las implicaciones terribles para ella, que ni comprendió ni aceptó libremente, indican.
Más de 20 testigos entre familiares, peritos y empleados de SAMCA han declarado a lo largo de cuatro días en el juicio por el pacto sucesorio que ha determinado la herencia de uno de los principales empresarios aragoneses y primeras fortunas de España, Ángel Luengo. En juego está la titularidad de un legado de más de dos mil millones de euros que, de acuerdo con el pacto sucesorio suscrito en 2010 entre el empresario y su esposa, repartía unos 39 millones de euros entre los 22 descendientes directos (ocho hijos y 16 nietos), e instituía a dos de los nietos, Javier y Guillermo Luengo Egido, como herederos del patrimonio consorcial de los abuelos.
Se trata de la titularidad y el control de SAMCA, un grupo empresarial con más de 3.500 empleados en sectores como minería, agricultura, construcción, logística, química o energía.
El Pacto, ¿Voluntario o Inducido?
Los demandantes consideran que el pacto no solo anulaba la voluntad de la madre, sino que, además, establecía que, en caso de que el empresario falleciera antes que su esposa, la voluntad de esta era sustituida para el resto de su vida por las decisiones de terceros designados por el empresario, que, a partir de entonces, decidirían por ella todo lo relativo a la gestión de su patrimonio.
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Es lo que ha sucedido, ya que Ángel Luengo murió en agosto de 2021 y su mujer en abril de 2023, y los demandantes consideran que la voluntad de su madre no era en absoluto dejar a sus hijos fuera de la herencia en lo que a ella concerniera. Esos terceros, -tres directivos del Grupo SAMCA de la confianza del empresario y los dos nietos instituidos como herederos- pueden, según el citado pacto, adoptar todo tipo de decisiones de gestión o de disposición sobre el patrimonio de la mujer, incluso en interés propio y en perjuicio de los intereses de esta, sin que deban responder ante ella ni ante nadie, y a los que no se puede destituir o desapoderar.
También consideran que el pacto incurriría en fraude de ley al incapacitarla en vida a través de un instrumento sucesorio que deja libertad para modificarlo a Ángel, pero no a Aurora, sin las garantías que ofrecen otros instrumentos de tutela a una persona dependiente.
La Sentencia de Primera Instancia y el Recurso
Tras haber desestimado el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza la demanda interpuesta por la nieta y dos de los ocho hijos contra el testamento de su abuelo y padre y de su esposa Aurora Sanz, la parte demandante de la familia ha dado nuevos pasos por la vía judicial. El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza ha desestimado la demanda contra el pacto sucesorio de la herencia de Ángel Luengo, por el que el empresario y su esposa nombraron herederos del Grupo SAMCA a dos de sus 16 nietos y a ninguno de los ocho hijos.
La sentencia condena en costas a los demandantes, dos de los hijos y una nieta, que pedían la anulación del pacto sucesorio del empresario aragonés, Ángel Luengo y su esposa, Aurora Sanz, por considerar que vulneraba la voluntad de ésta, y absuelven a los herederos demandados y a los directivos del Grupo SAMCA. El fallo dice que la demanda estaba basada en hechos inciertos y en el interés personal de los demandantes y que, a partir del testimonio de los médicos que la trataron, Aurora Sanz estaba en plenas facultades cuando otorgó el testamento de 2010 que los demandantes impugnaban.
Los demandantes ya han mostrado su intención de recurrir. Concretamente, sostienen que la sentencia es “anacrónica e incurre en errores en la apreciación de la prueba y en la aplicación de los fundamentos jurídicos”. Asimismo, alegan que está dictada “con total desconocimiento de los valores constitucionales que estaban en cuestión en el procedimiento, que ni siquiera se abordan”.
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La parte de la familia demandante también han pedido la admisión de la prueba que fue solicitada en la Primera Instancia y que fue denegada por el Juzgado, incluidos unos testimonios de audio que desvirtuarían las tesis de los demandados y de los testigos que han defendido la validez del contrato sucesorio y demás instrumentos sobre los que se solicita la nulidad en este recurso.
Entre los puntos clave de la sentencia, se destaca que Aurora Sanz estaba en pleno uso de sus facultades al momento de firmar el testamento de 2010. La sentencia de primera instancia subrayó que Aurora Sanz, pese a las alegaciones de deterioro cognitivo, se encontraba en pleno uso de sus facultades al momento de suscribir el contrato, como lo certificaron los peritos médicos que participaron en el proceso. Además, se cuestiona la forma en que se obtuvieron algunas pruebas, como las grabaciones realizadas a Aurora Sanz sin su consentimiento. De igual modo, el fallo cuestiona pruebas presentadas y la forma en que las obtuvieron, como las grabaciones realizadas a Aurora Sanz “sin su consentimiento y de forma sesgada”.
La defensa de los demandados, por su parte, se apoya en la idea de que el pacto sucesorio reflejaba la voluntad conjunta de ambos cónyuges y que, lejos de perjudicar a Aurora, garantizaba la continuidad empresarial bajo parámetros de profesionalización.
Argumentos del Recurso
El recurso presentado por los demandantes argumenta que la sentencia omitió analizar en profundidad la vulneración de principios fundamentales como la igualdad y la autonomía de la voluntad. La parte recurrente sostiene que Aurora Sanz fue privada, en los hechos, de su capacidad de obrar, viéndose obligada a aceptar un pacto sucesorio que, según alegan, fue redactado de forma deliberadamente compleja y en términos contrarios a sus intereses.
El recurso plantea, además, una supuesta vulneración del principio de no discriminación, argumentando que el pacto otorgaba a Aurora una posición subordinada respecto a su esposo, Ángel Luengo. Este punto suscita interrogantes sobre la igualdad en el ejercicio de derechos entre los miembros de una pareja, especialmente en contextos en los que uno de ellos detenta una posición dominante en la esfera empresarial y patrimonial.
Los recurrentes cuestionaron la exclusión de ciertos elementos probatorios, como grabaciones de audio que, según afirman, demostrarían que Aurora no comprendía plenamente las implicaciones del pacto. Este punto plantea un dilema sobre la admisibilidad y valoración de pruebas en el contexto de disputas familiares, donde las emociones y los intereses suelen entrelazarse con los argumentos jurídicos.
Los demandantes sostienen que su madre nunca quiso dejar su patrimonio en manos de terceros y fuera del perímetro de sus ocho hijos. El padre podía hacerlo con su parte, pero, en lo concerniente al patrimonio de Aurora, ese no era su pensamiento.
Samca: Un Gran Grupo Aragonés
El imperio Luengo: Ángel Luengo (La Hoz de la Vieja, Teruel, 1928) encontró en la diversificación y la reinversión íntegra de sus ganancias la fórmula para convertirse en un tótem empresarial y hacer de Samca un inmenso conglomerado con más de 4.000 empleados distribuidos en 11 países (España, Portugal, Francia, Italia, Noruega, Islandia, Brasil, Colombia, Ecuador, México y Perú).
Un imperio en el que no se pone el sol y que dio sus primeros pasos a raíz de que el mencionado empresario turolense ejerciese la compra de Samca al Grupo Cros en la década de los 70, en plena crisis del petróleo. En aquel momento, la compañía caminaba hacia la suspensión de pagos, con 400 trabajadores al borde del despido. Junto a su padre, desde los años 40, Luengo se había dedicado a la venta de carbón.
Samca es dueña, además de las minas, de Frutaria, Frugusa, Agroalimentaria de Caspe, Infrusesa, Pirenaica del Jamón, Tauste Ganadera, Estampaciones Mecánicas, Taim-Tfg y las constructoras Ebrosa y Ausa. También de plataformas logísticas, hoteles y campos de golf y plantas de energías renovables, a través de Molinos del Ebro, eólica y solar, hasta más de 60 compañías.
Según explica en su web, el grupo da empleo directo a 3.500 personas en España, Francia, Italia, Brasil, Colombia, Ecuador, México y Perú, y declara un volumen de negocio de 1.200 millones de euros, con clientes en 110 países.
La controversia adquiere una dimensión adicional al considerar las pruebas aportadas durante el juicio. Los recurrentes cuestionaron la exclusión de ciertos elementos probatorios, como grabaciones de audio que, según afirman, demostrarían que Aurora no comprendía plenamente las implicaciones del pacto.
La historia de la familia Luengo se configura como un extraordinario microcosmos jurídico en el que confluyen los principios fundamentales del derecho sucesorio y la ética negocial.
Próximos Pasos
Una vez que los abogados de las partes presenten sus conclusiones y alegatos, el procedimiento quedará visto para sentencia. Por la naturaleza de la demanda, podría llegar al Tribunal Supremo e incluso al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
La posibilidad de que este litigio llegue al Tribunal Supremo resalta su trascendencia no solo para las partes involucradas, sino también para el desarrollo del derecho sucesorio y la interpretación de los derechos fundamentales en España.
La defensa de los demandados ha corrido a cargo del despacho de Garrigues. Ahora, la sentencia puede ser recurrida por los demandantes ante la Audiencia Provincial de Zaragoza, instancia ante la que han anunciado su propósito de hacerlo. “No descartamos que, por su naturaleza, la demanda pueda llegar al Tribunal Supremo e incluso al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, señalan fuentes de los demandantes. “Ya es objeto de estudio y valoración previo al recurso de apelación con la finalidad no solo de reparar los intereses de los perjudicados, sino para que no cristalice una situación tan anacrónica como la que se ve amparada por la sentencia”, han dicho.
Tabla Resumen de la Disputa Legal
| Aspecto | Detalles |
|---|---|
| Demandantes | Dos hijos (Ángel y Javier Luengo Sanz) y una nieta (Caroline Luengo Barnaud) |
| Demandados | Herederos del Grupo SAMCA y directivos de la empresa |
| Objeto de la Demanda | Anulación del pacto sucesorio de Ángel Luengo y Aurora Sanz de 2010 |
| Argumentos de los Demandantes | Vulneración de la voluntad de Aurora Sanz, falta de capacidad, influencia indebida |
| Resolución Inicial | Desestimación de la demanda por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Zaragoza |
| Recurso | Presentado por los demandantes ante la Audiencia Provincial de Zaragoza |