Arrendamiento de Vientre y Maternidad Subrogada: Diferencias Clave

04.12.2025

El debate sobre la gestación subrogada, a menudo denominada "vientre de alquiler", ha cobrado relevancia en los últimos años. Esta técnica de reproducción asistida plantea numerosas preguntas éticas, legales y sociales. En España, la gestación subrogada no es legal, lo que obliga a muchas personas y parejas a buscar alternativas en el extranjero.

¿Qué es la Gestación Subrogada?

La gestación subrogada es una técnica reproductiva en la que una mujer, conocida como gestante, cede voluntariamente su capacidad gestante para llevar a término el embarazo del hijo de una pareja externa o de una persona soltera. Generalmente, las parejas que desean iniciar este proceso han agotado todas las vías médicas para la consecución de una gestación y han resultado, ya sea por problemas de salud o fertilidad, incapaces de conseguir el embarazo deseado.

También ocurre que recurren a esta técnica de reproducción asistida las parejas homosexuales de varones y otras personas solteras que deciden ser padres. Si hablamos exactamente de la persona que gesta al bebé, hablamos de la 'madre de alquiler'. Una mujer que acepta, mediante un acuerdo (que normalmente es remunerado), quedarse embarazada con el objetivo de gestar y dar a luz a un niño que será criado por una pareja o persona soltera como hijo propio.

Tipos de Gestación Subrogada

Para poder llevar a cabo la gestación subrogada es necesaria la implicación de tres personas: un donante de semen, una donante de óvulos y una madre subrogada. Dependiendo de la relación genética de la madre gestante y el bebé, los expertos diferencian dos tipos de maternidad subrogada:

  • Maternidad subrogada tradicional o parcial: Consiste en que la madre gestacional aporta su óvulo pero el espermatozoide proviene del padre que solicita la subrogación o bien de un donante. El bebé es engendrado por medio de la fecundación in vitro por lo que en este caso sí existiría, por tanto, una relación genética con el feto.
  • Maternidad subrogada gestacional o plena: La mujer gestante aporta la capacidad gestacional de su útero pero no tiene vinculación genética ninguna con el feto ya que los gametos provienen de otras personas diferentes a ella misma.

También existen dos clasificaciones diferenciadas en base a la motivación de la mujer que llevará a término el embarazo:

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  • Subrogación altruista: Sin motivación económica pero que sí debe incluir una compensación en base a gastos médicos derivados de la gestación y otros.
  • Subrogación comercial: En este caso sí existe una base económica que motiva su ejecución.

La diferencia entre ambas viene marcada por la compensación económica que percibirá la madre portadora. En algunos países, esta técnica de reproducción sí está permitida pero solo se concibe en su tipología altruista ya que no se concibe una retribución económica por la gestación sino, únicamente, una compensación por las molestias físicas, gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación.

¿Cuándo se Necesita la Gestación Subrogada?

La mayor parte de personas que recurren a la gestación subrogada son parejas heterosexuales que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:

  • Ausencia de útero
  • Alteraciones o anomalías uterinas
  • Enfermedades que impiden la gestación por suponer un riesgo para la salud de la madre o del bebé
  • Abortos de repetición
  • Fracasos repetidos de FIV

También las mujeres solteras y las parejas lesbianas con este tipo de alteraciones pueden recurrir a la subrogación para ser madres.

Por su parte, los hombres solteros y las parejas homosexuales masculinas son también un colectivo común en gestación subrogada, pues es el método que les permite tener un hijo biológico, ya que pueden aportar los espermatozoides. Este caso es lo que se conoce como gestación subrogada por esterilidad estructural o constitucional, es decir, no es posible gestar por la propia anatomía masculina.

Gestación Subrogada en España: Marco Legal

En España, la gestación subrogada no es legal en ninguna de sus formas. Así lo certifica la Ley 14/2006 de 26 de mayo sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida. La misma asegura, literalmente, que “será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero”.

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Esta no es, sin embargo, la única ley que regula la situación. La reciente Ley del Aborto, aprobada en el congreso este mismo año 2023, también habla de ella considerándola “forma grave de violencia reproductiva contra la mujer”. Lo que sí está regulado y permitido es inscribir en el Registro Civil como propio el bebé nacido por gestación subrogada o vientre en un país donde esta técnica sí esté regulada y permitida.

Eso sí, no se podrá inscribir como hijo biológico: el proceso de filiación solo se podría hacer por adopción.

Vientre de Alquiler: Un Término Controvertido

El término "vientre de alquiler" es a menudo utilizado de manera peyorativa para referirse a la gestación subrogada. Los movimientos contrarios a esta práctica consideran que este término pone de manifiesto la cosificación de la mujer y la comercialización de la maternidad. En cambio, las organizaciones y personas que apoyan la gestación subrogada prefieren el término "gestación por sustitución" o "gestación subrogada", ya que consideran que es más preciso y menos estigmatizante.

¿Qué dicen las Leyes?

Más allá del uso cotidiano o partidista del término, existe una denominaciones legales para referirse a esta práctica. Las leyes deben hacer referencia a términos que legalmente tengan arraigo en la judicatura y que describan situaciones conocidas. Cuando el Ministerio de Igualdad planteó la reforma de la ley del aborto, en la que se incluyó esta práctica como una violencia reproductiva hacia las mujeres, barajó utilizar el término "vientres de alquiler".

Sin embargo, no existía ninguna definición jurídica de su significado. Por esto, la norma acabó incorporando la denominación que tenía ya en otras normas. Entre ellos hay dos principales: gestación por subrogación o gestación por sustitución.

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Países donde la Gestación Subrogada es Legal

Hay varios países en los que la gestación subrogada es legal y que admiten que ciudadanos de otros países la realicen. A título de ejemplo, en países como Tailandia o India puede costar entre 35.000 y 40.000 euros, 50.000 en Ucrania o México, 80.000 en Rusia o Kazajistán y unos 150.000 en Estados Unidos.

En cuanto a los modelos de gestación subrogada, hay países que han legislado la gestación subrogada y han aplicado distintos modelos. El más reciente en aprobar una legislación sobre esta práctica ha sido Portugal, promovido por el bloque de izquierdas, pero con la oposición de comunistas y conservadores. En el Reino Unido también es legal. En Estados Unidos depende de cada Estado, pero hay varios que permiten el vientre de alquiler. Es la legislación más garantista para las parejas que buscan un hijo. Es legal en varios estados, entre ellos California y Oregón.

Costos Estimados de la Gestación Subrogada a Nivel Global

País Costo Estimado (Euros)
Tailandia 35,000 - 40,000
India 35,000 - 40,000
Ucrania 50,000
México 50,000
Rusia 80,000
Kazajistán 80,000
Estados Unidos 150,000

La Importancia del Lenguaje

El lenguaje que se utiliza para nombrar la gestación subrogada es una de las claves del debate. Por un lado, se encuentran quienes creen que hablar de vientres de alquiler es necesario para entender la lógica operación de compra-venta que ven detrás de la práctica.

Además de la cuestión moral que suscita la gestación por sustitución, los movimientos contrarios consideran un eufemismo el término médico de técnica de reproducción asistida. Por eso, impulsaron la expresión peyorativa 'vientre de alquiler'. También las de maternidad subrogada, madre de alquiler y útero subrogado, con el fin de despreciar esta práctica y darle una connotación comercial.

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