Ayuda de 100 Euros por Hijo de la Agencia Tributaria: Requisitos y Cómo Solicitarla

21.11.2025

Entre las pocas alegrías que nos dan los temas fiscales, está el modelo 140 de Hacienda con el que puedes solicitar por adelantado la deducción por maternidad, con la que podrás beneficiarte de 100€ al mes o 1.200€ al año. Si eres madre o vas a serlo, además de darte la enhorabuena, te animamos a seguir leyendo con atención porque están en juego unos euros que no te vendrán nada mal.

¿Qué es el Modelo 140?

El modelo 140 es el que te permite beneficiarte por anticipado de la deducción por maternidad en el Impuesto de las Personas Físicas (IRPF). Porque ser madre conlleva muchas alegrías y muchos sacrificios… ¡y por supuesto muchos gastos!.

Por cierto, esta información no es 100% relevante si estás leyendo este artículo por la deducción de maternidad, pero aprovechamos para decirte que el modelo 140, además de servir para solicitar por adelantado la deducción por maternidad, también sirve para notificar un cambio de residencia en el extranjero, un fallecimiento de la persona que se beneficiaba de la deducción o una baja o cambio de régimen en la Seguridad Social o Mutua. Ahora ya sabes un poco más.

Requisitos para Solicitar la Ayuda

Como en todas las prestaciones, es necesario cumplir con unas condiciones. El principal requisito es tener derecho a la deducción por maternidad.

  • Estar dada de alta en la Seguridad Social en el momento del nacimiento, ya sea por cuenta propia o ajena.
  • Cualquier hijo/a adoptado una vez se haya inscrito en el Registro Civil.
  • Menores vinculados a un tutor que no sea su madre.
  • O percibir una prestación contributiva o asistencial del sistema de protección por desempleo.

La tienen mujeres con hijos menores de tres años que trabajan por cuenta propia o ajena y coticen en la Seguridad Social o mutualidad.

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A partir de 2023, podrán solicitarlas madres que estén recibiendo una prestación por desempleo, las que trabajen a tiempo parcial o temporal o las que hayan cotizado 30 días a partir del parto.

La beneficiaria debe estar dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad durante al menos 30 días o haber recibido una prestación por desempleo.

También pueden solicitarla los progenitores del mismo sexo (los dos tienen derecho); el padre o tutor del menor en caso del fallecimiento de la madre; y el padre o tutor cuando tenga en exclusiva la guarda y custodia.

Esta ayuda para madres trabajadoras también la pueden solicitar aquellos padres o tutores legales que tengan de forma exclusiva la guarda y custodia del menor. En caso de fallecimiento de la madre del menor también se podrá acceder a esta ayuda.

No, para acceder a la deducción por maternidad tienes que estar trabajando y cotizando, ya sea por cuenta ajena (asalariada) o como autónoma.

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Solo en casos muy concretos: si la madre ha fallecido o si tienes la custodia exclusiva del hijo/a.

Se deja de cobrar cuando el hijo cumpla tres años, cuando se pierda la condición de trabajador activa o de cotización mínima, o si se incumple algún requisito.

¿Cuándo y Cómo se Cobra la Ayuda?

De forma anticipada, por cada uno de los meses en que se esté dada de alta y cotizando en la Seguridad Social. El dinero de esta ayuda a las madres trabajadoras se cobra en la segunda quincena de cada mes o en la renta anual.

Hay que recordar que se tiene derecho a la ayuda desde el mismo mes en el que nace el bebé hasta que cumple 3 años.

Se cobra normalmente en la segunda quincena de cada mes y se hace por transferencia a la cuenta que pongas en el modelo.

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La deducción comienza en el mes de nacimiento del hijo y se extiende hasta el mes anterior en el que cumple tres años.

La ayuda de 100 euros mensuales hasta que el hijo cumpla los 3 años, enmarcada en la ley de familias, se ofrecerá a través de dos vías: pago único o de una deducción en la Agencia Tributaria.

Si se opta por la deducción en la Agencia Tributaria, el contribuyente puede añadir la ayuda en la declaración de IRPF en la próxima campaña de la Renta. Recibirá un único pago de 1.200 euros por hijo menor de tres años o se restará dicha cantidad en caso de que la declaración salga a pagar.

También se puede solicitar la ayuda dividida en 100 euros mensuales. Para ello, hay que acceder a la página web de la Agencia Tributaria y solicitando el abono anticipado a través del Modelo 140, correspondiente a las deducciones por maternidad.

¿Cómo Solicitar la Ayuda?

Puedes presentarlo desde el instante en el que has tenido a tu hijo/a. ¡Ah! El siglo XXI tiene cosas buenas y malas. Y, entre las buenas, es que se puede tramitar casi cualquier cosa de forma online. Porque sí, puedes tramitar el modelo 140 a través de la web de la Agencia Tributaria, aunque también puedes hacerlo de forma presencial en sus oficinas o en los Registros Civiles o incluso por vía telefónica.

Para obtener la prestación de 100 euros por hijo de entre 0 y 3 años hay rellenar el formulario del Modelo 140 disponible en la página web de la Agencia Tributaria.

Puedes presentar el modelo 140 en las oficinas de la Agencia Tributaria.

Para las personas que no sepan o no puedan presentarlo de forma online, también existe la posibilidad de presentar el modelo 140 de forma telefónica.

El modelo 140 es bastante intuitivo y fácil de rellenar. Si quieres presentar el modelo 140 de forma online, primeramente tendrás que acceder a este enlace y después dar en la opción ‘Modelo 140. A continuación, te aparecerá el modelo 140. Como puedes observar, tendrás que introducir tu DNI o NIE, tus nombres y apellidos, elegir el régimen o la mutualidad, además de los datos de tu descendiente (tu hijo/a). Por último, tan solo tendrás que pulsar en ‘Validar’. Te aparecerá un resumen del documento.

Si eso sucede, que esperemos que no, Hacienda te enviará una notificación explicando los motivos por los que te ha denegado la solicitud.

Renta de Crianza

Con el anteproyecto de ley de familias aprobado por el Consejo de Ministros y con una tramitación de la misma por vía de urgencia, la renta de crianza sigue adelante. Se trata de una ayuda de 100 euros mensuales para las familias con hijos de 0 a 3 años que entrará en vigor el 1 de enero de 2023.

Esta ayuda de 100 euros es una ampliación de la prestación contributiva que ya recibían las madres trabajadoras dadas de alta en la Seguridad Social y que a partir del año próxima se extiende de forma permanente a un mayor número de familias vulnerables con hijos de hasta 3 años.

Resumen de la Ayuda

La ayuda a madre trabajadora es una deducción de 100 € al mes (1.200 € al año) por cada hijo menor de 3 años. Pueden pedirla quienes trabajen y coticen (cuenta ajena o propia) y también en adopción o acogimiento desde la inscripción.

La solicitud de ayuda a madres trabajadoras de la Agencia Tributaria es una deducción a la hora de realizar el ejercicio de la declaración de la renta. Consiste en que aquellas mujeres que lo soliciten y cumplan los requisitos, por cada hijo menor de tres años le corresponden hasta 1.200 euros anuales.

La deducción por maternidad es de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, lo que equivale a 100 euros al mes, y puede cobrarse tanto a través de abono anticipado como se aplica en la declaración de la renta.

Si tienes la necesidad de tener por anticipado esos 100€ mensuales, no dudes en rellenar el modelo 140. Como has podido comprobar, es bastante fácil solicitarlo y es un derecho al que, desde luego, puedes acogerte. Desde TaxDown te animamos a ello y te ayudamos en cualquier cosa que necesites.

Y si quieres conocer otras ventajas fiscales por ser madre/padre, te recomendamos echar un ojo a las deducciones por gastos de guardería, a las ayudas que existen para las madres trabajadoras y también a las madres emprendedoras, o al artículo donde te explicamos cómo se incluyen a los hijos/as en la renta si no estás casado/a.

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¿Cuándo puedo pedir los 100 € al mes por maternidad?Desde el mismo mes en que nace tu hijo/a o se inscribe la adopción. No tienes que esperar a la declaración de la renta.

Actualmente no existe una deducción en España que puedas solicitar por adelantado.

Se considera familia numerosa aquella que tiene tres o más hijos o dos hijos si alguno de ellos tiene una discapacidad igual o superior al 33%. Además, deben cumplirse ciertos límites de ingresos familiares.

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