Certificado de Prestación por Hijo a Cargo: Requisitos Esenciales

20.11.2025

El certificado de prestación por hijo a cargo es una ayuda económica destinada a familias con hijos que cumplen ciertos requisitos. A continuación, se detallan los requisitos y la documentación necesaria para solicitar esta prestación en España.

¿Quiénes pueden ser beneficiarios?

La prestación por hijo a cargo está destinada a los siguientes grupos:

  1. Progenitores, adoptantes o quienes acogen a un menor: En todos los casos, el menor debe ser menor de 18 años y tener una discapacidad de al menos el 33%.
  2. Huérfanos de ambos progenitores o adoptantes: Deben ser menores de 18 años o tener una discapacidad de al menos el 65%.
  3. Hijos con discapacidad mayores de 18 años: Aquellos con una discapacidad de al menos el 65%, que no hayan sido incapacitados judicialmente y conserven la capacidad de obrar. El beneficiario debe presentar la solicitud, pero se requerirá la presencia de los padres para una audiencia para comprobar si se puede conceder la ayuda.
  4. Hijos con discapacidad severa mayores de 18 años: Aquellos con una discapacidad de al menos el 75%, que no hayan sido incapacitados judicialmente y conserven la capacidad de obrar. El beneficiario presenta la solicitud, pero se requerirá la presencia de los padres para una audiencia.

Sin embargo, si ambos padres reúnen los requisitos para ser beneficiarios, solo se concederá la ayuda a quien tenga la custodia del hijo o menor acogido.

Requisitos Generales

Para acceder a la prestación, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Residir legalmente en España: Esta condición también es válida en los casos de trabajadores trasladados por su empresa fuera del país, siempre que estén en alta y cotizando en el régimen correspondiente de la Seguridad Social española. La residencia no se considera interrumpida si se sale de España por un período inferior a 90 días al año, o por enfermedad justificada.
  2. Tener a su cargo hijos o menores acogidos: Deben ser menores de 18 años o mayores afectados por una discapacidad de al menos el 65%. Éstos deben residir en España, pero si los padres son trasladados fuera del país por motivos de trabajo y los hijos los acompañan, se considera que residen en España.

Documentación Necesaria

La solicitud de la prestación debe ir acompañada de la siguiente documentación:

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  1. Copia del NIF en vigor del solicitante.
  2. Copia del NIF/NIE de los hijos o menores por los que se solicita la prestación, que hayan cumplido 14 años.
  3. Certificado de empadronamiento del beneficiario y de quien lo solicita (si es una persona distinta). El padrón se obtiene en el ayuntamiento del municipio donde se resida.
  4. Libro de Familia o certificado de las partidas de nacimiento de los hijos.
  5. En el caso de tener familia numerosa, el título acreditativo correspondiente.
  6. Documento que acredite la tutela o curatela o la guarda y custodia del hijo o menor.
  7. Certificado de Discapacidad del hijo o justificante de haberlo solicitado.
  8. Certificado de Discapacidad de la madre si ésta tiene reconocida tal condición.
  9. En caso de separación judicial o divorcio:
    • Sentencia judicial o documento que recoja la guarda y custodia del hijo o menor.
    • Documento que recoja quién ha obtenido la prestación o si se ha cambiado la titularidad para percibirla.
    • Cuando se trate de una separación de hecho o si la separación o divorcio se está tramitando, habría que presentar solo uno de estos documentos:
      • Copia de la demanda de separación o de divorcio.
      • Copia de la denuncia de abandono del hogar familiar.
      • Convenio regulador sellado y diligenciado por el juzgado.
      • Testimonio de la aprobación judicial sobre las medidas provisionales de la guarda y custodia del hijo o menor.
    • Las parejas de hecho que no convivan juntas deben presentar un documento donde se recoja quién tiene la guarda y custodia de los hijos comunes.
  10. En el caso de ciudadanos de la Unión Europea (UE), del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza:
    • Acreditación administrativa de la residencia en España para ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza. Además tienen que presentar copia del pasaporte o documento de identidad en vigor.
    • Si un ciudadano de la Unión Europea, del EEE o de Suiza tiene miembros de su familia que no tienen la nacionalidad de uno de esos Estados y solicitan la ayuda, deben aportar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros.
    • Tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea o resguardo de haberlo solicitado.
    • Formulario E-401 para solicitantes cuyos hijos residan en la UE, el EEE o Suiza.

Proceso de Solicitud

El proceso para solicitar la prestación por hijo a cargo consta de los siguientes pasos:

  1. Aportar el formulario de solicitud y la documentación necesaria.
  2. Una vez comprobado que se cumplen los requisitos, y si toda la documentación es correcta, se comenzará la tramitación. En caso de que falte documentación o sea incorrecta, se concederá un plazo para aportarla de 10 días (artículo 71 Ley 30/1992) en cualquier oficina de la Seguridad Social.
  3. Después de ser valorada la petición se dictará y notificará la resolución en 45 días como máximo, contados desde que se recibió la solicitud. El plazo será de un mes si se hubiese notificado expresamente y de 3 meses si no hubiera respuesta.

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