Derecho al Aborto: Legalidad y Avances en España
El desarrollo de la sexualidad y la capacidad de procreación están directamente vinculados a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de la personalidad y son objeto de protección a través de distintos derechos fundamentales, señaladamente, de aquellos que garantizan la integridad física y moral y la intimidad personal y familiar. La decisión de tener hijos y cuándo tenerlos constituye uno de los asuntos más íntimos y personales que las personas afrontan a lo largo de sus vidas, que integra un ámbito esencial de la autodeterminación individual. La protección de este ámbito de autonomía personal tiene una singular significación para las mujeres, para quienes el embarazo y la maternidad son hechos que afectan profundamente a sus vidas en todos los sentidos.
Legislación del Aborto en España
En España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, que establece un marco legal para garantizar el derecho de las mujeres, niñas y personas que pueden quedarse embarazadas a decidir libremente sobre su fertilidad y el ejercicio de la autonomía reproductiva.
Esta normativa permite la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) hasta la semana 14 sin necesidad de justificación, y hasta la semana 22 en casos de riesgo grave para la vida o salud de la persona gestante, o anomalías fetales graves.
La ley marcó un avance en la protección de los derechos reproductivos en el país, pero dejó desafíos -como la protección de las menores, los plazos de reflexión, la eliminación de barreras y el acceso equitativo-, que fueron abordados en la reforma legislativa de 2022.
Contexto Actual: Reforma Legislativa de 2022
La reforma legislativa de 2022 tuvo como objetivo fundamental garantizar el derecho al aborto y fortalecer la autonomía en la toma de decisiones sobre salud reproductiva. Para lograr esto, se eliminaron requisitos que antes se consideraban restrictivos y que obstaculizaban el acceso a servicios seguros y accesibles.
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En este nuevo marco y desde entonces, adolescentes de entre 16 y 18 años ya no necesitan la autorización de sus progenitores para interrumpir un embarazo. Asimismo, las personas con discapacidad ahora pueden decidir libremente sin la autorización de quienes ejercen su representación legal, asegurando que cuentan con los apoyos necesarios para tomar decisiones informadas.
También se suprimieron otras barreras, como el plazo obligatorio de reflexión de tres días antes de proceder con el aborto y la obligación de recibir información sobre ayudas para continuar con el embarazo.
Otro avance relevante fue la mejora de la regulación de la objeción de conciencia del personal sanitario para garantizar que los abortos se realicen en el sistema público de salud y que las mujeres no vean comprometido su derecho a la atención médica.
Sin embargo, persisten barreras significativas que limitan el acceso al aborto, ya que la mayoría de los procedimientos se llevan a cabo en centros privados. Esto genera desigualdad, especialmente entre las personas más vulnerables, como adolescentes, que encuentran dificultades para acceder a información y servicios de salud sexual y reproductiva; y como las personas migrantes, que encuentran la mismas dificultades por la interpretación del Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre el acceso universal al Sistema Nacional de Salud.
Datos Estadísticos
La tasa de abortos fue de 12,22 por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años.
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En 2023, el número de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en mujeres menores de 20 años ascendió a 10.934, lo que supone un incremento del 4,78 % en comparación con el año anterior.
En 2022, solo el 17% de las interrupciones del embarazo se practicaron en hospitales públicos, y en algunas provincias, es prácticamente imposible acceder a estos servicios, haciendo inevitable el traslado a otras regiones. Esto supone gastos adicionales y un impacto significativo en la salud física y mental de las personas afectadas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad.
Organizaciones Internacionales y el Derecho al Aborto
Diversos órganos de la ONU, como el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC), han instado a los Estados a garantizar que siempre haya suficientes proveedores de servicios de aborto disponibles, tanto en el sistema público como en el privado, y dentro de un radio geográfico accesible.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha establecido que si un médico objeta por razones de conciencia, está obligado a remitir a la paciente a otro profesional capacitado en el mismo centro o en uno cercano. Si la derivación no es posible, el profesional debe realizar el aborto para evitar riesgos para la vida o la salud de la mujer. En casos de complicaciones derivadas de un aborto, la mujer debe recibir atención médica urgente y respetuosa, como en cualquier otra emergencia médica.
Tanto en instituciones públicas como privadas, los Estados tienen la obligación de asegurar que la asistencia sanitaria se preste sin discriminación y respetando los derechos humanos.
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Peticiones de Amnistía Internacional
Por ello, Amnistía Internacional continúa trabajando para que este derecho sea plenamente accesible y efectivo en la práctica, y pide lo siguiente:
- Un acceso seguro y sin barreras: Todas las personas que necesiten acceder a un aborto puedan hacerlo de manera segura, con información clara y rigurosa. Esto implica eliminar cualquier barrera adicional, evitar la discriminación y proteger a las personas de cualquier forma de acoso en los centros de salud.
- Acceso al aborto en la sanidad pública: Uno de los problemas más grandes a los que se sigue enfrentando España es que la mayoría de los abortos no se realizan en centros públicos.
- Registro de objetores de conciencia: Amnistía Internacional también insta a las autoridades competentes a la implementación completa del registro de profesionales de la salud que se niegan a practicar abortos por motivos de conciencia. Este registro es esencial para planificar los recursos necesarios y garantizar que todas las personas puedan acceder al aborto en cualquier centro de salud, independientemente de las objeciones de ciertos profesionales.
Sin embargo, en septiembre de 2024 solo cinco comunidades autónomas habían implementado este registro, y el Ministerio de Sanidad aún no había publicado el protocolo que prometió para regular este proceso.
28 de Septiembre: Día de Acción por la Despenalización del Aborto
El 28 de septiembre es una fecha significativa para reflexionar y actuar por la despenalización del aborto y los derechos reproductivos. Su origen se remonta a 1990, cuando se lanzó la campaña "28 de Septiembre" con el objetivo de abogar por la despenalización del aborto en América Latina y el Caribe.
En 2011, esta fecha fue reconocida como un evento internacional por la Red Global de Mujeres por los Derechos Reproductivos (WGNRR), marcando un hito en la lucha por los derechos reproductivos en todo el mundo.
Finalmente se eligió el 28 de septiembre en recuerdo de la Ley de Nacimiento Libre de Brasil, promulgada en 1871, que otorgó libertad a los hijos e hijas de las personas esclavizadas, conectando esta lucha por la libertad con los derechos reproductivos.
Un día de acción y compromiso
En Amnistía Internacional conmemoramos cada año el 28 de septiembre como una oportunidad para reafirmar nuestro compromiso con el derecho al aborto como parte de los derechos sexuales y reproductivos. Este día nos movilizamos para garantizar que el derecho al aborto sea accesible y seguro para todas las personas.
Lamentablemente, muchas activistas, educadoras, defensoras y profesionales de la salud que trabajan para lograrlo son objeto de estigmatización, intimidación e incluso criminalización. A pesar de las amenazas, continúan con su labor vital, ayudando a mujeres, niñas y personas embarazadas a ejercer su derecho al aborto. Son un movimiento imparable, cuya valentía merece ser reconocida y protegida.
Desde Amnistía Internacional pedimos a los Estados que respeten y protejan a quienes luchan por el derecho al aborto, como Justyna Wydrzyńska, cuya condena es un claro ejemplo de la represión de los derechos reproductivos en su país natal: Polonia.
Propuesta de Reforma del Artículo 43 de la Constitución
El Grupo Parlamentario de Sumar ha anunciado que va a presentar en el Congreso la propuesta de reforma del artículo 43 de la Constitución "como vía para proteger y amparar con carácter definitivo la autonomía y el bienestar físico, emocional, mental y social de todas las mujeres".
Así, según Sumar, el artículo 43 incluiría un punto 4 en el que "se reconoce el derecho a una interrupción voluntaria del embarazo que sea libre, informada, plena y universal.
Contra la Información Falsa o Engañosa
Además, el Gobierno también quiere impedir "la difusión de información falsa o engañosa que pueda coaccionar a las mujeres que quieran interrumpir su embarazo", para lo que se modificará el Real Decreto 825/2010.
Con esta modificación, se establecerá la obligación de que toda la información que se brinde sobre el aborto "tenga base científica objetiva y esté respaldada por estándares de las instituciones internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Asociación Americana de Psiquiatría (APA)".
Ya este miércoles, la ministra de Sanidad, Mónica García, subrayó que "no existe un síndrome posaborto como diagnóstico clínico", y avanzó que su departamento estudiaría la legalidad de la propuesta del Ayuntamiento de Madrid.
40 Aniversario de la Despenalización del Aborto en España
Precisamente este año se conmemora el 40 aniversario de la despenalización del aborto en España. En 1985, se aprobó la primera ley del aborto (la Ley Orgánica 9/1985) que lo despenalizó en tres supuestos: en cualquier momento si existe "un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada"; en las 12 primeras semanas en caso de violación; y dentro de las 22 semanas si el feto va a nacer con "graves taras físicas o psíquicas".
Aún así, esta primera ley contemplaba penas de seis meses a un año de cárcel (o multa de 6 a 24 meses) para las que abortaran fuera de los tres supuestos.
En 2010, el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero aprobó una nueva ley del aborto, en la que se regulaba por primera vez el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo de forma libre y sin supuestos durante las 14 primeras semanas de gestación.
Posteriormente, el Gobierno del 'popular' Mariano Rajoy trató de aprobar una ley más restrictiva que la de 1985, pero el anteproyecto redactado por el Ministerio de Justicia, que en aquel momento dirigía el 'popular' Alberto Ruiz Gallardón, fue finalmente retirado en 2014 por el Gobierno por no haber encontrado el consenso suficiente para sacarlo adelante.
En 2023, el Ministerio de Igualdad impulsó una nueva ley del aborto que amplió los mecanismos para garantizar el acceso a este derecho, y que garantiza la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos, elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años, y regula la objeción de conciencia.
Asimismo, la Ley Orgánica 4/2022, que modifica el Código Penal y tipifica como delito las conductas de acoso y hostigamiento contra las mujeres que acuden a las clínicas acreditadas para la interrupción voluntaria del embarazo. Esta libertad refuerza el reconocimiento de un derecho básico y fundamental como es el derecho a tener o no tener hijos.
Leyes y Reales Decretos
- Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
- Real Decreto 825/2010, de 25 de junio, de desarrollo parcial de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
- Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial dela prestación a la interrupción voluntaria del embarazo.
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