Reclamación Baja Maternidad: Requisitos y Documentos Necesarios en España
El complemento de aportación demográfica, conocido también como complemento de maternidad o por hijos, es un beneficio que incrementa la prestación y puede ser solicitado por padres que hayan tenido dos o más hijos.
Origen del Complemento de Paternidad
El complemento de paternidad para hombres tiene su origen en el complemento por maternidad que, en 2015, tenía la finalidad de complementar las pensiones contributivas de viudedad, jubilación e incapacidad permanente.
Originariamente, los beneficiarios de este complemento eran solo las mujeres que hubieran tenido hijos biológicos o adoptados, por su aportación demográfica a la Seguridad Social.
En 2019, y tras la lucha de un hombre que se encargó del cuidado de hijos, el Tribunal de Justicia Europea terminó declarando que este mismo complemento debería ser para los padres al declararlo como algo discriminatorio hasta esa fecha.
Requisitos para Solicitar el Complemento de Maternidad para Hombres
Puedes reclamar tu complemento si:
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- Te has jubilado entre enero de 2016 y 3 de febrero de 2021.
- No importa si la pensión es de jubilación como de viudedad o incapacidad permanente (en cualquiera de sus grados: total, absoluta o gran invalidez).
- Has tenido dos o más hijos.
¿Y si mi jubilación fue anticipada?
No es posible reclamar si te jubilaste anticipadamente de forma voluntaria.
Pero sí puedes reclamar si tu jubilación fue, por ejemplo, a causa de un ERTE o un ERE.
Documentos Necesarios para Solicitar el Complemento por Maternidad para Hombres
Para acreditar que se cumplen los requisitos es necesario aportar:
- Copia del DNI del solicitante y de sus hijos.
- Libro de Familia.
- Resolución de la pensión (aquella en la que se reconoce la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente).
¿Cómo Reclamar el Complemento por Hijo?
Los pasos que debes seguir para iniciar la reclamación son los siguientes:
- Presentar solicitud inicial y esperar resolución o fin de silencio administrativo.
- Si nos deniegan la petición que hemos hecho se tiene que presentar reclamación previa, esperar resolución de reclamación previa o fin de silencio administrativo.
- Si nos deniegan la petición hay que presentar Demanda en el Juzgado de lo Social.
Por internet puedes presentar las solicitudes al INSS a través de su sede electrónica.
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El Derecho a Reclamar NO PRESCRIBE
Hasta ahora, el INSS denegaba el complemento a aquellos pensionistas que lo solicitaban 5 años después de haber empezado a cobrar su pensión.
PERO… Una reciente Sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto esta discusión.
Esta cuestión ha sido ampliamente discutida en los tribunales y se daban distintas soluciones.
Pero, por fin, tenemos el pronunciamiento del Tribunal Supremo que aclara que la solicitud del complemento de maternidad no está sujeto a ningún plazo de prescripción y, siempre que se cumplan los requisitos, se debe entender reclamada en plazo.
El artículo 212 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en lo sucesivo, TRLGSS) establece lo siguiente: «El derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible, sin perjuicio de que, en los supuestos de jubilación en situación de alta, los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud».
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Por todo ello, no resulta de aplicación el plazo de 5 años dispuesto en el artículo 53.1 del TRLGSS.
Así lo ha entendido recientemente la Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (Pleno) N.º 322/2024 de 21 de febrero de 2024 (Rec.
¿Cuánto puede incrementar tu pensión el complemento por hijo?
Este complemento supone un aumento de la pensión por tramos según tu número de hijos:
- Un 5% más de la pensión si has tenido dos hijos.
- Un 10% más de la pensión si has tenido tres hijos.
- Un 15% más de la pensión si has tenido cuatro o más hijos.
Recordarte que esta pensión tiene efectos retroactivos, es decir, se pagarán los atrasos que te corresponden desde la fecha de jubilación.
Complemento por Fallecimiento del Hijo
Cuando un bebé con más de 180 días de gestación (26 semanas) nace muerto/a, la madre tiene derecho a la prestación por nacimiento y cuidado del menor (baja por maternidad).
La baja tiene una duración de 17 semanas (a partir de 31 de julio de 2025), de las cuales las primeras 6 son de disfrute obligatorio.
En familias monoparentales, la duración total es de 32 semanas.
«En el supuesto de fallecimiento del hijo, la duración de la prestación económica no se verá reducida, salvo que, una vez finalizadas las seis semanas posteriores al parto, la madre solicitara reincorporarse a su puesto de trabajo.
En caso de que el bebé nazca vivo y muera poco después o en las siguientes semanas, ambos progenitores tienen derecho a la prestación, 17 semanas para la madre y 17 semanas para el padre.
En familias monoparentales, la duración total es de 32 semanas.
¿Me pertenece indemnización por denegarme el complemento de paternidad?
Debido a que las respuestas de la administración a las solicitudes de complemento están siendo negativas, pese a que los solicitantes cumplan los requisitos, el Tribunal Supremo ha fijado una indemnización de 1.800€ para cubrir los gastos de la vía judicial, ya que se ven obligados a acudir a dicha vía, sin necesidad.
Si estas en esta situación, desde Torrijos Abogados podemos ayudarte con la concesión de tu complemento y tu indemnización.
El Complemento de Maternidad y la Reclamación del Complemento de Paternidad
El nuevo complemento de maternidad y la reclamación del complemento de paternidad representan importantes medidas para fomentar la igualdad de género y apoyar a las familias trabajadoras.
En este contexto, es fundamental comprender cómo acceder a estos beneficios y cuál es su impacto en los derechos laborales y sociales de los trabajadores en el país.
El complemento de maternidad anterior, sustituido en 2021, constituía un complemento a las pensiones contributivas de viudedad, jubilación o incapacidad permanente.
Para ser elegible, era necesario tener dos o más hijos biológicos o adoptados, entre otras condiciones que detallaremos más adelante.
Nuevo Complemento de Maternidad
El nuevo complemento de maternidad es una prestación adicional que se suma a las pensiones contributivas de viudedad, jubilación o incapacidad permanente, y está diseñado para beneficiar a las madres y padres trabajadores.
El nuevo complemento de maternidad tiene una cuantía fija de 33,20 euros mensuales por cada hijo, distribuidos en 14 pagas anuales.
Esto implica que el importe máximo mensual del complemento es de 132,80 euros, independientemente del número de hijos que tenga el beneficiario.
Es importante destacar que esta nueva prestación no está sujeta al límite máximo de pensión establecido cada año.
Esto significa que incluso si la pensión del beneficiario supera dicho límite, aún tendrá derecho a percibir el complemento de maternidad.
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