Es Difícil Ser Matrona: Requisitos y Formación

27.10.2025

El campo competencial de la matrona está relacionado con la atención a la salud sexual y reproductiva de la mujer desde una perspectiva holística, basada en un modelo salutogénico y de fomento de la fisiología. Es una profesión reconocida por la Organización Mundial de la Salud y las instituciones sanitarias europeas por su incidencia en la mejora de la salud reproductiva y su contribución a la sostenibilidad de los sistemas sanitarios.

La Profesión de Matrona: Una Mirada Histórica

La profesión de matrona ha sido tradicionalmente una profesión independiente de la profesión de enfermera, y así continúa siendo en otros países europeos. En España, desde 1953 la matrona se considera una especialidad de enfermería, que se integra en el modelo de formación sanitaria especializada en 1992. Su marco jurídico se regula mediante las normativas aplicables a la formación sanitaria especializada, la normativa europea sobre competencias y la formación de las matronas, su transposición a la legislación española y el programa formativo de la especialidad de matrona.

Según define el programa formativo, la matrona es el profesional sanitario que, con una actitud científica, responsable y utilizando los medios clínicos y tecnológicos adecuados al desarrollo de la ciencia en cada momento, proporciona una atención integral a la salud sexual, reproductiva y maternal de la mujer, en sus facetas preventiva, de promoción y de atención y recuperación de la salud, incluyendo así mismo la atención a la madre, en el diagnóstico, el control y la asistencia del embarazo, el parto y el puerperio normal y la atención al hijo recién nacido sano, hasta los 28 días de vida.

La formación de las matronas tiene el propósito de capacitar a los profesionales para que proporcionen atención sanitaria en todos los ámbitos que abarca su definición, de forma autónoma, responsable y en colaboración con las mujeres.

Pilares Fundamentales de la Atención de la Matrona

  • Promueve un modelo de atención a la mujer centrado en la familia, favoreciendo su capacidad de auto-cuidado, proporcionando información y los consejos adecuados.
  • Optimiza los procesos biológicos, psicológicos, sociales y culturales del parto y del recién nacido, promocionando el parto normal y el respeto a la fisiología.
  • Se basa en el respeto, la dignidad y la autonomía.
  • Protege la equidad y valora la diversidad.
  • Busca la excelencia y la seguridad en todas las acciones.
  • Promueve la práctica basada en el mejor conocimiento disponible en todos los niveles de atención.
  • Se realiza en colaboración con otras matronas y otros profesionales para dar respuesta a todas las necesidades de las mujeres, los recién nacidos y las familias.
  • Se desarrolla en todos los niveles de atención, en la comunidad, el domicilio, en centros públicos o privados, como asalariada o por cuenta propia.

La formación recibida ha de dotar también a la matrona de competencias que le capaciten para la docencia, la investigación y la gestión de los servicios de atención a la mujer. Competencias que le permitan dar respuesta a las necesidades de la sociedad y del sistema sanitario, afrontar los cambios sociales y profesionales a los que tendrá que enfrentarse y participar en su construcción.

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Para alcanzar estas competencias es básico que durante la formación de las matronas se fomente:

  • La reflexión, el pensamiento crítico, la toma de decisiones, la valoración, la planificación, la implementación y la evaluación de la atención prestada.
  • La libertad de pensamiento, la curiosidad intelectual, el aprendizaje a lo largo de la vida y el intercambio de conocimiento.
  • El trabajo en equipo.
  • El compromiso para con la sociedad y la comunidad para la que se trabaja.

Antecedentes Históricos de la Formación de Matronas

El oficio de matrona se remonta a los orígenes de la humanidad. Nuestra historia está vinculada a la preservación de la vida, a la evolución de otras profesiones sanitarias y de la propia sociedad y al hecho de que han sido mujeres quienes lo han ejercido en exclusividad, hasta tiempos muy recientes. Asimismo, la formación de las matronas ha estado ligada a su historia, marcada por la perspectiva androcentrista de las leyes sociales.

Tradicionalmente los conocimientos se transmitían de unas matronas a otras mujeres por tradición familiar o por relaciones de proximidad y estaban basados fundamentalmente en el empirismo y la experiencia que la maestra transmitía a la alumna.

Desde el siglo xiii en España y en Europa, se establece la necesidad de una licencia para ejercer, lo que supone un control institucional de las matronas, que conlleva el inicio de su profesionalización, pero que también se ha interpretado como un objetivo de control por parte de las autoridades masculinas eclesiásticas, políticas y médicas.

A partir del siglo xviii en España se promulgan una serie de leyes con el objetivo de unificar las condiciones requeridas para desempeñar la profesión de matrona. En 1750 Fernando VII promulga una Real Cédula en la que se obliga a las parteras a realizar un examen para poder ejercer profesionalmente. Se establecen las condiciones que debe reunir la aspirante, como documentación sobre la limpieza de sangre, haber ejercido el oficio al menos 2 años y ser de buenas costumbres. Asimismo, se publica la Cartilla Nueva, del Doctor Antonio Medina, como libro de texto para el examen.

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Durante el siglo xix se comenzó a regular la formación de las matronas, definiéndose las instituciones donde debían adquirirse tanto las competencias teóricas como prácticas, la duración de la formación y el temario. Así, la Real Cédula del 6 de mayo de 1804 consideró 2 vías para acceder al título de matrona: a través de 2 cursos académicos o a través de un examen de reválida dirigido a las mujeres que habiendo ejercido el oficio y pudieran acreditar 3 años de trabajo con matrona o cirujano, desearan realizar un examen teórico práctico.

La Ley General de Instrucción Pública del 9 de septiembre de 1857, en su artículo 41 define a la matrona como la mujer práctica en el arte de partos o que ejerce en virtud del título y las condiciones para presentarse al examen de comadrona que define el reglamento del 16 de noviembre de 1888 son: haber cumplido 20 años, ser viuda o casada con permiso del esposo, tener justificación de buena vida y costumbres avalada por el párroco y haber cursado la primera enseñanza elemental completa.

La formación de las matronas se impartía en casas de maternidad o en hospitales donde hubiera sala de partos. El Real Decreto del 12 agosto de 1904 reorganiza los estudios de matrona en 2 cursos académicos, siendo La Casa de Salud de Santa Cristina de Madrid la primera Escuela de Matronas con referencia legal en España. A partir de 1934 se exigen 3 años de bachiller más reválida para poder comenzar los estudios de matrona según la Orden del 13 diciembre.

Con el desarrollo de la medicina y el establecimiento de las primeras cátedras de obstetricia, se crearon escuelas de matronas vinculadas a las universidades. En esa época las mujeres tenían prohibida su asistencia a la universidad; sin embargo, los hombres cirujanos estaban autorizados a asistir partos normales y a formarse en algunas de estas escuelas de matronas.

La formación de las matronas se mantiene como estudio independiente hasta 1953, cuando se unifican los estudios de Practicante, Enfermera y Matrona en un proyecto y título único: ATS (Ayudante Técnico Sanitario). En 1957, por Decreto del 18 de enero, se crea la especialidad de Asistencia Obstétrico-Matrona. Para cursarla se requería ser mujer, estar en posesión del Título de ATS y tener menos de 45 años. Las enseñanzas de matrona se realizaban en régimen de internado, y tenían una duración de un año intensivo.

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Tras la incorporación de los estudios de Enfermería a la universidad en 1977, en 1980 se suprime la limitación de género a los estudios de matrona y el régimen de internado. Pero en 1987 queda derogado el plan de estudios de matrona y cesa la formación de matronas durante varios años a la espera del desarrollo del nuevo plan de estudios, que debía ser acorde a la normativa comunitaria europea tras el ingreso de España en la Comunidad Económica Europea.

Al año siguiente se establecieron los requisitos para el acceso a la formación de matrona, enmarcada en la formación sanitaria especializada y se determinaron los requisitos que debían cumplir las unidades docentes. Se fijó una formación de 2 años a tiempo completo, para cuyo acceso era preciso disponer del título de Diplomado en Enfermería y la obtención de una plaza como residente en las pruebas que se realizan anualmente en todo el Estado para la especialización de las profesiones sanitarias. En 1994 se realizó la primera convocatoria y en 1996 salió la 1ª Promoción de Enfermeros Especialistas en Obstetricia y Ginecología (Matrona).

Situación Actual de la Formación de las Matronas

La formación actual de las matronas en Europa tiene 2 vías de acceso:

  • Acceso directo a los niveles de educación superior para obtener la titulación de matrona tras completar los estudios de bachillerato.
  • Como especialidad de Enfermería.

En algunos estados miembros de la Unión Europea se ha preferido una de ellas, como el caso de España que ha optado por la especialización tras la formación de enfermera, o de Francia y Holanda, donde se trata de un grado independiente. Sin embargo, en otros estados, como el Reino Unido se contemplan las 2 vías de acceso. La vía de la especialización, integrada en el modelo general de formación sanitaria especializada, implica que el aprendizaje se realiza en un entorno laboral supervisado que permite la asunción de responsabilidades paulatina y acorde con el nivel competencial adquirido. Además, la residente se integra en un equipo de trabajo y en la realidad de la práctica clínica.

El marco jurídico en que se desarrolla la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona) se regula mediante las normativas aplicables a la formación sanitaria especializada, la normativa europea y su transposición a la legislación española y el programa formativo de la especialidad de Matrona.

La relación laboral que une a la matrona residente con la entidad titular de la unidad docente donde se está formando es la misma que el resto de los profesionales que se forman como especialistas. En el Real Decreto 1146/2006 se detalla la forma, el contenido, la eficacia y la duración del contrato, los derechos y deberes del residente, la jornada laboral y los descansos, las fiestas, los permisos y las vacaciones, las retribuciones, las rotaciones, la suspensión del contrato, las excedencias, la extinción del contrato y el régimen disciplinario.

Unidad Docente: Estructura Organizativa y Recursos

La unidad docente se define como el conjunto de recursos personales y materiales, pertenecientes a los dispositivos asistenciales, docentes, de investigación o de cualquier otro carácter que, con independencia de su titularidad, se consideren necesarios para impartir formación reglada en especialidades en ciencias de la salud por el sistema de residencia, de acuerdo con lo establecido en los programas oficiales de las distintas especialidades.

En 1992 se establecieron las condiciones que debían reunir las unidades docentes para la formación de la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona). Se trata de unidades docentes en las que se forman únicamente matronas, con una comisión de docencia propia y en las que la responsabilidad de la formación corresponde a los profesionales con la titulación de matrona.

Cualquiera que sea el modelo de unidad docente, el objetivo principal de la formación es que la residente de matrona adquiera las competencias profesionales específicas, integrando conocimientos, actitudes y habilidades, mediante un programa formativo.

Para planificar, desarrollar y evaluar la actividad formativa, las unidades docentes cuentan con órganos docentes colaborativos, como es el caso de las comisiones de docencia, y unipersonales, entre los que se encuentran las diferentes figuras docentes que participan en la formación, siendo la del tutor la que adquiere una mayor relevancia en la formación de los residentes.

La Comisión de Docencia tiene como misión organizar la formación, supervisar su aplicación práctica y controlar el cumplimiento de los objetivos que se especifican en los programas formativos.

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